CIPOLLETTI (AC).- El hecho fue en la madrugada y la prueba testimonial estaba constituida en su mayoría por familiares de los protagonistas. Unos avalaban la posibilidad de que el taxista Pablo Castro no había tenido intenciones de matar -como él mismo dijo en su indagatoria- y otros, justamente lo contrario. Ayer, tras analizar los elementos reunidos en la causa, los jueces de la Cámara Primera del Crimen consideraron que los testigos de la víctima tenían más peso y condenaron al imputado a 16 años de prisión.
"A poco de examinarla (a la prueba testimonial) advertimos que la única que reconoce andamiaje no sólo entre sí, sino con la prueba documental expuesta y en varios aspectos hasta con la declaración del mismísimo imputado, es la versión que narraron en audiencia las tres mujeres que transitaban de a pie junto con el occiso", dijeron los camaristas.
El homicidio ocurrió el primero de enero de 2008 aproximadamente a las 3.50 en Colombia al 1250 de Cipolletti. Tanto el hombre asesinado como el imputado iban acompañados por familiares -algunos menores de edad- con motivo del Año Nuevo.
El Tribunal consideró probado que Castro, tras mantener una discusión con Hilario Antonio Rodríguez, "le dio muerte mientras éste se hallaba tirado en la calle mediante un disparo de arma de fuego con la pistola calibre 11,25 mm, que portaba sin la debida autorización legal".
"Ante tales circunstancias -continuaron- intercedió Fabián Rodríguez, hermano de la víctima, quien intentó golpear a Castro cayendo al piso, oportunidad en la cual el imputado le efectuó un disparo orientando el arma a su cuerpo pero sin llegar a herirlo".
Javier Meynet, Jorge Bosch y Daniel Drake, condenaron a Castro a 16 años de prisión por considerarlo autor del delito de "homicidio simple cometido mediante empleo de arma de fuego en perjuicio de Antonio Hilario Rodríguez y abuso de armas, cometido en perjuicio de Fabián Darío Rodríguez, en concurso real con portación de arma de fuego calibre de guerra sin autorización legal para ello, todo en concurso real".
Coincidieron con el fiscal de Cámara Ricardo Maggi tanto en la pena a imponer como al mencionar que no se podía sostener "que la misma intención homicida animara al imputado respecto de Fabián González", como expuso la querellante Marta Cranzi, cuando solicitó 25 años de prisión.
Los camaristas valoraron que tres mujeres que acompañaban a la víctima aseguraron que el incidente se desencadenó cuando Antonio Rodríguez le pidió por señas al taxista que redujera la velocidad.
"Cuando Castro se bajó, sin otro motivo que para increpar a Rodríguez, éste le explicó que lo hizo por precaución pues transitaban con niños, lo cual es un dato absolutamente cierto", remarcaron los jueces.
"Las tres testigos coinciden en relatar que tras apearse el taxista se generó un intercambio de palabras entre los hombres al cual aquél puso fin de inmediato golpeando a Antonio quien cayó al suelo. En tal posición Castro, portando el arma en su mano, le efectuó el disparo a corta distancia".