Lunes 16 de Febrero de 2009 Edicion impresa pag. 7 > Regionales
Pocos partidos tienen los afiliados que exige la ley
En Neuquén sólo cuatro cumplen ese requisito. La Justicia les notificó que deben regularizarse.

NEUQUÉN (AN).- Sólo 4 de los 22 partidos políticos registrados en la provincia cumplen con la cantidad de afiliados requerida por la ley. Ya fueron informados de esta situación por la justicia electoral, y deberán adecuarse cuando llamen a elecciones para renovar autoridades partidarias.

La ley orgánica de los partidos políticos exige a las agrupaciones un mínimo de afiliados equivalente al cuatro por mil del registro electoral del distrito donde estén inscriptos. Para el caso de Neuquén son 1.500 personas.

Según la información suministrada a "Río Negro" por la justicia electoral, sólo cumplen con este requisito el Movimiento Popular Neuquino, el Partido Justicialista, la Unión Cívica Radical y el partido Servicio y Comunidad (ver cuadro).

En cambio están lejos del piso muchas de las agrupaciones, algunas tradicionales como el Movimiento de Integración y Desarrollo, la Democracia Cristiana o el Partido Intransigente.

A otros ya se les decretó la caducidad, como el Movimiento de Unidad de los Neuquinos (MUN) que lideró el diputado Rodolfo Canini, o están en vías de perder la personería como el MST.

Fuera de estos dos casos, el resto siguen funcionando aunque no cumplan con el mínimo de afiliados que exige la ley. También pueden presentar candidatos a cargos electivos y hacer alianzas.

El inconveniente será cuando renueven sus autoridades, lo cual deben hacer como mínimo cada cuatro años para no perder la personería (en el cuadro están las fechas en que se vencen los mandatos en cada agrupación).

En ese momento deberán demostrar que tienen la cantidad de afiliados equivalente al cuatro por mil del padrón. Es decir, los 1.500.

Fuentes de la justicia electoral explicaron a este diario que de acuerdo con la letra de la ley, el "piso" en la cantidad de afiliados se exige al momento de constituir al partido político y para la primera elección de autoridades, con la finalidad de "asegurar la representatividad de las agrupaciones en el electorado".

Pero en noviembre del año pasado, la jueza federal con competencia electoral Carolina Pandolfi dictó una resolución en la cual señaló que ese mínimo de afiliados "debe ser mantenido por los partidos a lo largo de toda su existencia, o al menos al momento de convocar y llevar a cabo las elecciones internas de renovación de autoridades partidarias que periódicamente debe realizar para mantener su personería".

Pandolfi se expidió a partir de un fallo de la Cámara Nacional Electoral que interpretó la ley de los partidos políticos en el mismo sentido.

La jueza federal neuquina añadió que en caso de interpretarse que el recaudo de la cantidad mínima de afiliados sólo es exigible para la primera elección interna pero no para las sucesivas, "se otorgaría un trato desigual a las nuevas agrupaciones que pretenden ser reconocidas como partidos de distrito".

En consecuencia hizo saber a todos los partidos políticos registrados en la provincia que la justicia electoral neuquina "sólo considerará válida la convocatoria y realización de los comicios internos tendientes a la renovación de autoridades partidarias, si registra al momento de la convocatoria el número mínimo legalmente exigido de afiliados, equivalente al cuatro por mil del registro electoral, por considerar que tal requisito trasciende a la primera elección debiendo aplicarse a las sucesivas elecciones internas". Algunos partidos ya habrían anticipado que apelarán.

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