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El voto de Albrieu | ||
NEUQUÉN (AN) - El vocal Oscar Albrieu marcó diferencias con sus pares Orlando Coscia y Eugenio Krom en algunos puntos de la sentencia. Una de las disidencia fue en torno a la cantidad de casos en los que se le atribuye responsabilidad al médido Hilarión de la Pas Sosa. Los segundos lo condenaron por los 17 casos investigados, pero el primero sólo le enrostró responsabilidad en siete. En cuanto a Francisco Oviedo, a diferencia de sus pares no lo incluyó como partícipe del delito de asociación ilícita. Tampoco le enrostró a los imputados los delitos de robo, allanamiento ilegal (en el caso de Norberto Blanco) y de coacción (en el caso de Islanda Becerra). El otro punto de disidencia, parcial y aunque devino en abstracto -porque no hubo acusación por el testimonio de este testigo-, fue el relacionado con el fotógrafo de Inteligencia Militar, Miguel Suñer. Albrieu estimó que los defensores tuvieron razón cuando cuestionaron que los acusados o sus representante legales, no tuvieron ocasión de interrogarlo. "El acusado tiene el derecho a interrogar a cualquier testigo de cargo, so pena de resultar inadmisible tal testigo en el proceso penal. Y ello es así porque de otra forma se estaría introduciendo en el proceso una prueba de cargo que la parte accionada no tuvo oportunidad de controlar", consignó. Al respecto cabe señalar Coscia y Krom, si bien no utilizaron el testimonio de Suñer y admitieron que hay contradicciones en sus dichos, consideraron que no existen dudas sobre su salud mental y su capacidad como testigo hábil. Añaden que la recepción de sus declaraciones fue legal que su agregación post mortem también es legal. | ||
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