Jueves 29 de Enero de 2009 Edicion impresa pag. 30 > Sociedad
Veda para vehículos de carga por el recambio
Para evitar accidentes, no podrán circular entre las 20 y las 5 de la mañana

NEUQUÉN (AN).- A partir de mañana entra en vigencia la restricción de circulación del transporte de carga pesada ordenada por la Subsecretaria de Transporte de la Nación. Gendarmería Nacional, es el organismo ejecutor de la medida y en la provincia recibirá la colaboración de la Dirección de Tránsito de la Policía. La medida sólo se contemplará durante los fines de semana en que se produce el recambio turístico. La veda es una forma de liberar las rutas y evitar accidentes.

La disposición Nº 10/08 firmada por el subsecretario de Transporte de la Nación, Jorge González, fue notificada a Gendarmería Nacional que a partir de mañana iniciará los operativos de control para hacer cumplir lo establecido.

La restricción afecta a los vehículo de transporte de cargas generales, de mercancías y residuos peligrosos.

La veda de circulación será durante la noche, entre las 20 y las 5 de la madrugada del día siguiente. La medida se aplicará del 30 al 2 de febrero, del 13 al 16 de febrero, y el fin de semana que va del 27 de febrero al 2 de marzo.

Las vías que se verán afectadas son las rutas nacionales, por lo que aquellos camiones que quieran circular se verán obligados a hacerlo por rutas alternativas. De lo contrario, los gendarmes lo demorarán hasta que se cumpla la franja horaria de restricción. En la ruta 22 se controlará el tramo que va desde Bahía Blanca a Zapala. La ruta 40 desde la San Juan a Malargüe, Mendoza, y desde el empalme con la ruta 234 en Neuquén hasta Esquel, Chubut.

En la ruta 231 el control comenzará en el empalme con la ruta 40 y el límite con la República de Chile. En tanto en la ruta 237, la veda afectará el tramo que va desde el empalme con la ruta 22 al empalme con la ruta 40, ambos dentro de la geografía neuquina.

Los vehículos de transporte exceptuados, que podrán circular a pesar de la veda, son los que cargan con leche cruda de tambo, animales vivos, medios de comunicación, atención de emergencias, asistencia de vehículos averiados o accidentados. Además podrán circular camiones cisternas de combustible y gas natural comprimido, transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria, en estos casos siempre que acrediten que se transporta a dichos destinos. Por último, también está exceptuado el transporte de medicina y de residuos sólidos urbanos.

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