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Verani anuló decisiones de Mildemberger | ||
VIEDMA (AV).- La contratación de la construcción de la vereda y la garita de la vivienda oficial del ministro de Hacienda, Pablo Verani, fue anulada por "vicio" en el procedimiento. Esta determinación fue dispuesta por una resolución del ministro, que anuló lo actuado por la Secretaria de Obras Públicas, dependiente de su propia cartera. En realidad, la normativa pone en evidencia -especialmente- la disputa del ministro Verani con su segundo, Osvaldo Mildenberger, quien formalizó lacontratación por casi 95 mil pesos de esa obra polémica, que quedó en evidencia a mediados del año pasado por una publicación de "Río Negro". En ese entonces, Verani indicó que la contratación correspondía a Obras Públicas. La resolución ministerial anula todo lo actuado, pero no precisa qué ocurrirá en adelante, ya que la construcción fuerealizada. No obstante, se aclara que todavía no se pago. La obra -que fue contratada por 94.883 pesos- se corresponde con la vereda y una garita para la vivienda oficial en la que actualmente reside el ministro Verani. La resolución N° 1.928 firmada por el propio titular de la cartera de Hacienda dejó sin efecto el expediente al configurarse un "vicio" en la forma de contratación de la obra. Esta última decisión fue informada a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, que conformó una serie de actuaciones en torno a presuntas irregularidades en la contratación a la empresa Recoba Sociedad Anónima. Verani tomó esa decisión al considerar que el secretario de Obras Públicas, Osvaldo Mildenberger, aprobó la documentación técnica para la ejecución de dicha obra, el presupuesto oficial y autorizó el llamado a concurso de precios que fue ganado por la mencionada empresa. La resolución ministerial se emitió el 19 de diciembre pasado pero recién tomó estado público en el último Boletín Oficial. La desautorización de Verani hacia las actuaciones de Mildenberger da cuenta que no se libraron pagos en favor de la firma por lo que "no se ha visto perjudicado económicamente el erario provincial" pero los trámites debían ser aprobados de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 21 de la Ley J N° 286, su decreto reglamentario y el Decreto 189/04 para el gasto. Se señaló que las contrataciones de obras públicas deberán ser adjudicadas mediante licitación pública excepto los casos previstos para la contratación directa o aquellos en que por el monto involucrado corresponda licitación privada o concurso de precios. De acuerdo a lo expuesto, la obra cuestionada debió ser adjudicada por concurso de precios y aprobada por el acto administrativo pertinente y "si alguna de estas circunstancias no ha ocurrido, se configura una violación a las formas esenciales previstas por la Ley vigente y corresponde dejar sin efecto el procedimiento de contrataciones". El ministro reconoció que ante posibles irregularidades decidió tomar cartas en el asunto, tras la publicación de este medio, y como presumiblemente no se tomaron todos los "recaudos" y "extremos legales" exigidos por las normas resulta necesario "dejar sin efecto el procedimiento de contratación de la obra pública". | ||
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