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Absuelven a conductor imprudente previo pago de $ 40.000 | ||
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Tras el acuerdo económico al que arribaron el abogado querellante en representación de la víctima, y los defensores de un acusado por el delito de lesiones graves culposas, el fiscal Guillermo Lista solicitó la extinción de la acción penal, y el juez Gregor Joos dictó la absolución del procesado, Nahuel Sebastián Pioli, que tenía 20 años al momento del suceso. De acuerdo con la requisitoria fiscal, a las 10:15 del 15 de agosto de 2007 el acusado condujo su vehículo Renault 18 break marcha atrás sin advertir la presencia de un hombre que cruzaba la calle y sufrió la fractura del fémur de una pierna. Los representantes del seguro que cubría a Pioli aceptaron realizar como único, total y definitivo pago una indemnización de 40 mil pesos, luego de un acuerdo de partes, y en función del instituto llamado "criterio de oportunidad" ni siquiera inhabilitaron al conductor. El episodio investigado por el juzgado Correccional 10 ocurrió en la fecha y horario mencionado en la intersección de las calles Onelli y Santa Cruz, cuando el imputado, a bordo de su Renault 18, que se hallaba estacionado en el lugar, repentinamente aceleró marcha atrás y embistió a Héctor Rodríguez, que se encontraba detrás del automóvil aguardando la ocasión para cruzar la calle Onelli. El peatón sufrió la fractura del cuello del fémur izquierdo y debió ser intervenido quirúrgicamente. La fractura y el tiempo de curación que demandó motivaron que la calificación fuera de "lesiones graves culposas", pero además le atribuyeron a Pioli no haber prestado la debida atención previo a efectuar la maniobra, "lo que hubiera permitido evitar la colisión". Al comenzar la audiencia de debate, por medio de sus representantes, la Compañía de Seguros Federación Patronal S.A. se comprometió a pagar a Rodríguez la suma de 40 mil pesos en concepto de total, única y definitiva indemnización por este hecho, y al acordar con el querellante ese pago el fiscal Gillermo Lista solicitó la prescripción de la acción penal, por la aplicación del criterio de oportunidad, con la consiguiente absolución del acusado. Ante esa situación, el magistrado homologó el acuerdo alcanzado de conformidad por las partes y dispuso la absolución de Pioli. | ||
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