CHOS MALAL (ACHM).- Chos Malal busca salidas para los flagelos del alcohol, el tabaco y las sustancias inhalantes: actualizaron la normativa y la nueva ordenanza prohibe el expendio de estos elementos a adolescente cuyas edad sea menor a los 18 años.
La ordenanza 2.326/08 fue sancionada recientemente y deroga la 2.225/07 que también abordaba la problemática que implican estos flagelos.
Para los ediles el alcoholismo es una "grave enfermedad que afecta a la sociedad en su conjunto" y debe preservarse de sus efectos a la población de niños, niñas, adolescentes, atento a que sus consecuencias son sumamente perniciosas en esa franja poblacional".
Por otra parte, indicaron que el alcohol constituye en un gran porcentaje de los casos la puerta de entrada a otras sustancias más peligrosas.
Con la nueva normativa queda prohibido en esta ciudad el expendio de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad y también el consumo en la vía pública, en vehículos en marcha o estacionados, en espacios públicos o en lugares donde se realicen actividades masivas, excepto en las lugares y horarios expresamente habilitados por autoridad competente.
También está prohibido la incitación al consumo de bebidas alcohólicas a menores de edad y la realización de concursos, torneos o eventos que impliquen la ingesta de bebidas alcohólicas. Habrá locales autorizados para comercializarlos entre ellos hoteles, residenciales, hosterías, pensiones, restaurantes, cantinas, pizzerías, grills, parrillas, bares, cafés, confiterías, salas de entretenimientos para adultos, cabaret, boites, wiskerías, pubs y cantobar.
Los mismos deberán colocar en lugar y con letra visible la leyenda "el alcohol produce adicción, beba con moderación, prohibida su venta a menores de 18 años".
Los locales comerciales no podrán comercializar entre las 24 y hasta las 8 horas del día siguiente, excepto los indicados precedentemente.
Además continuará en esta ciudad los dosajes de alcoholemia en la calle, a conductores de automotores y motocicletas especialmente durante los días viernes, sábados, domingos y feriados con una finalidad educativa y preventiva.
En cuanto a las sustancias combustibles y pegamentos, colas o similares también se prohibe su venta a menores de edad, al igual que drogas de uso veterinario.
Las prohibiciones rigen también para la venta de cigarrillos los que no podrán comercializarse a menores de 18 años y los titulares de los comercios también deberán colocar un cartel que indique dicha prohibición.
En materia de prevención la ordenanza establece una serie de medidas que involucra a los medios de comunicación y las autoridades de salud pública, sin dejar de lado la responsabilidad de los padres en la crianza y el desarrollo de sus hijos y la corresponsabilidad del estado.
Los medios de comunicación dado su función social se los insta a dar difusión a la ordenanza y "prevenir el uso indebido de drogas y el consumo de alcohol con un mensaje coherente y un criterio equilibrado".
También hace mención a campañas de lucha contra las drogas a partir de un programa que contemple talleres en los barrios, pegatinas de afiches, charlas en colegios; a cargo de un equipo integrado por profesionales capacitados en la temática.