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Ordenan el desalojo de una escuela cipoleña | ||
La medida afecta a la 248 del barrio Julio Dante Salto. La provincia nunca habría pagado alquileres ni expensas. | ||
CIPOLLETTI (AC).- Una tradicional comunidad educativa de esta ciudad está en riesgo de quedarse sin espacio físico a pocos meses del inicio del ciclo lectivo 2009, en función de que, por un juicio, un magistrado ha ordenado el desalojo del edificio escolar ubicado en el barrio Julio Dante Salto, las 432 Viviendas, en calle La Esmeralda al 2.000. La Fiscalía de Estado de la provincia apeló la medida, que no fue aún notificada a la supervisión zonal del Consejo Provincial de Educación ni a las autoridades del establecimiento. La secretaria general de Unter de Cipolletti, Carina Pita, enfatizó que hay responsabilidad en el CPE por no legalizar la tenencia de muchos edificios, pero instó a que las partes logren una solución "porque la educación de los niños y la tarea de los docentes no pueden estar sujetas a un litigio de índole judicial". El caso -que se conoció ayer- afecta a la escuela 248, que tiene una matrícula aproximada de unos 500 alumnos de nivel primario y cuya dirección ejerce Ana María Fernández, quien tampoco había recibido comunicación alguna sobre la inquietante sentencia. Dicha escuela está instalada en el barrio desde hace unos 25 años, y en el 2004 -se supo- el consorcio inició el juicio de desalojo reclamando la tenencia del edificio, ya que nunca hubo pago de alquileres ni de expensas, según adujo. Y el 7 de noviembre pasado el juez Marcelo Gutiérrez, titular del Juzgado Civil 3 de esta ciudad, falló en favor del pedido de desalojo propuesto por la comisión directiva del actual consorcio. Sin embargo, pobladores y ex consorcistas se mostraron ayer perplejos por la medida. "No sabemos nada. Para pedir que se vaya una escuela deberían haber llamado a una gran asamblea", dijo una vecina ayer por LU19 en nombre propio y de otros pobladores con los que se había contactado. Gutiérrez, consultado por "Río Negro", precisó que si bien las autoridades del CPE sostuvieron en su momento que años atrás la municipalidad les había dado un permiso de ocupación del edificio para la escuela, desde el municipio se respondió no hace mucho que no tenía nada que ver con la estructura en litigio, por lo que el magistrado dedujo que nadie puede prestar lo que no es suyo, desestimando los argumentos provinciales y dándole la razón a la postura del consorcio, que se plantó en el desalojo liso y llano sin exigir un contrato de alquiler, pago de alquileres atrasados, de expensas ni otra opción retributiva. El juez interviniente sentenció, el 7 de noviembre, el desalojo y le dio a la provincia un plazo de 90 días para liberar el edificio y dejarlo en manos del consorcio. Ese plazo vence entre el 7 y el 10 de febrero, unos 20 días antes del inicio del ciclo lectivo, cuestión que pone en riesgo la educación de cientos de alumnos. | ||
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