Sábado 13 de Diciembre de 2008 Edicion impresa pag. 18 > Regionales
Piden que intervengan los consejeros del ISSN
Mediante un recurso jerárquico, directivos del Policlínico piden que el consejo decida sobre su solicitud de convertirse en prestador de servicios cardiológicos.

NEUQUÉN (AN).- El Policlínico Neuquén pidió que el consejo de administración del Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) sea el encargado de decidir sobre su solicitud de acceder a convertirse en prestador de servicios cardiológicos, y cuestionó al titular de la obra social, Marcelo Berenguer, al que acusó de atribuirse facultades que no le corresponden.

Mediante un recurso jerárquico enviado a la obra social, el policlínico trata de revocar el "acto administrativo" que Berenguer plasmó en una respuesta a una carta documento enviada por el director de la institución médica, Humberto Lorandi.

Allí Berenguer le solicita que no atienda afiliados del ISSN y argumenta que la obra social no puede contratar otros servicios similares a los que ya le brinda Imágenes SA, mediante un convenio del tipo "cartera fija".

Por ese convenio esta última empresa atiende, a cambio de una suma fija mensual, a un grupo potencial de 150.000 afiliados.

Con la apertura de su nuevo centro de atención cardiológico, el policlínico argumenta que está en condiciones de ofrecer un servicio equiparable al de Imágenes. Y que con la negativa se transgrede el derecho a elegir entre prestadores consagrado para los afiliados en la Constitución provincial y en la ley de creación del ISSN (611).

La nota también recuerda que, según esta normativa, es el propio consejo de administración el encargado de dirigir, "organizar y administrar los servicios" y "aprobar la celebración de contratos de locación de servicios o de obra y de todos aquellos que sean necesarios para el cumplimiento de los fines del Instituto".

El recurso jerárquico plantea que Berenguer, al no someter a discusión la decisión acerca del reclamo planteado por el director del policlínico, Humberto Lorandi, incumplió pasos estipulados por la ley.

El documento agrega que el administrador dictó "un acto con incompetencia en razón de grado", ya que la responsabilidad era de todos los consejeros, lo que implicó, según el policlínico, que termine ejerciendo "atribuciones de otro órgano".

"Existiendo -enfatiza el recurso- un órgano colegiado que es la máxima autoridad no cumplió con el requisito de convocatoria y no sometió la cuestión a la deliberación de sus miembros".

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