Viernes 12 de Diciembre de 2008 Edicion impresa pag. 6 > Regionales
Drogas oncológicas: eluden decir quién las provee
Ipross respondió con evasivas un pedido de informes de la Defensoría del Pueblo. Después de la salida de Gavazza intentan saber dónde consiguen los medicamentos.

VIEDMA (AV)- El Ipross se escudó asegurando que la defensora del Pueblo no tienen facultades para monitorear su gestión y de esa manera evitó suministrar información acerca de quiénes son los nuevos proveedores de medicamentos en reemplazo de Gavazza.

Lo mismo había hecho el Ministerio de Familia, mediante un informe de la secretaria Legal y Técnica, Silvia Jañez, el mes pasado cuando se le requirieron desde la Defensoría del Pueblo los datos acerca de la entrega de pasajes oficiales.

En esta ocasión fue la obra social rionegrina la que le respondió a Ana Piccinini que "los actos administrativos están bajo consideración y análisis del Tribunal de Cuentas de la Provincia".

La defensora preguntó quiénes son los actuales proveedores, bajo qué mecanismo de contratación se les adjudicó la provisión, datos de empresas, números de CUIT.

El titular del Ipross, Alcides Pinazo le respondió escuetamente que "el reemplazo de la Droguería Gavazza en la provisión de medicamentos oncológicos se ha efecutado de conformidad a las normas vigentes garantizando la provisión de los mismos a los afiliados que así lo requieran en atención de su tratamiento".

Ayer, Piccinini insitió con una nueva nota en la que "da por sentado que el organismo que preside cumple con las normas vigentes en relación a la compra de remedios oncológicos, debiendo garantizar su provisión a los mismos".

Agrega que la nota evasiva de Pinazo "ensaya una respuesta ajena al marco jurídico. Pretende abstraerse del control de la Institución a mi cargo, confundiendo el rol de monitorear la gestión y la eficiencia de la actividad del organismo que conduce, con el control de la legalidad que ejerce el Tribunal de Cuentas Provincial".

Reiteró el pedido de información realizado previamente y destacó la vigencia del artículo 9 inciso c) de la ley 2756 que crea la figura del Defensor del Pueblo, que otorga el rol de "la supervisión del funcionamiento de la administración pública provincial y de los organismos prestadores de servicios públicos, otorgando especial atención a la eficiencia con que se alcanzan los resultados propuestos en cada caso y analizando las fallas, dificultades y obstáculos que impidan o entorpezcan la cabal satisfacción de los derechos e intereses de los usuarios y administrados".

Voceros del Ipross, no obstante, adelantaron que el listado de proveedores de remedios es público y que próximamente lo darán a conocer, marcando que a diferencia de Salud Pública ese organismo no cuenta con banco de medicamentos y que compra a través de concursos de precios.

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