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Otra polémica liberación de una Cámara cipoleña | ||
Confirmaron el procesamiento a un hombre que dejó embarazada a su ahijada, de 13 años y con leve discapacidad. Pero lo dejaron libre hasta el juicio. | ||
CIPOLLETTI (AC).- Otra vez la Cámara Segunda del Crimen de Cipolletti generó polémica por la liberación de un abusador. Ahora revocó la prisión preventiva de un hombre de 51 años que sigue procesado porque, según una prueba de ADN, dejó embarazada a su ahijada de 13 años que tiene una leve discapacidad mental. "No hay indicios que hagan presumir que el imputado intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación", consideró el Tribunal. Es decir, que puede esperar el juicio en su casa. El fiscal de Cámara, Ricardo Maggi, se había opuesto porque entendía que sí hay riesgo de fuga. "La prisión preventiva corresponde desde que el monto de la pena conminada en abstracto establece que de existir una condena, circunstancia muy probable, se necesita la seguridad de su cumplimiento, comprometiéndose seriamente con el imputado en libertad, más allá de las presentaciones en el proceso. Con la condena firme todos desaparecen, siendo responsabilidad del preventor no sólo garantizar la realización del juicio sino el posible cumplimiento de la pena. Muy grande es la posibilidad de que se intente eludir su cumplimiento", fundamentó Maggi tras destacar que la prueba reunida en la causa es "contundente", que el hecho existió y que "el imputado es autor". Pericia genética El fiscal incluso resaltó que la pericia genética que se realizó "demuestra a las claras" que el procesado es el padre del bebé que finalmente tuvo la víctima. Pero los jueces Guillermo Baquero Lazcano, César Gutiérrez Elcarás y Pablo Repetto, si bien confirmaron el procesamiento del imputado por "abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido en persona menor de 18 años conviviente", en la misma resolución revocaron la prisión preventiva. "La regla es la libertad durante el proceso", plantearon los camaristas. Citaron antecedentes del caso (el hombre estuvo unos meses en libertad) e insistieron que en esta causa "no obran indicios que hagan presumir que el imputado intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación. Las presunciones desarrolladas por la magistrada de instrucción en relación al peligro de fuga, basada en que exista la posibilidad de arribar a una condena efectiva, no deja de ser una apreciación subjetiva, en franca colisión con la doctrina legal aplicable", afirmaron. Este argumento no mermó las voces opositoras ayer en Tribunales. "Cuando García García lo liberó no estaba el resultado de ADN que es contundente y que vaticina una condena de 8 años como mínimo", comentaban. Hace unos días la misma Cámara generó polémica porque le permitió una salida transitoria a un hombre que estaba condenado por un hecho aberrante: haber abusado reiteradas veces de su pequeña hija de 2 años, que quedó en estado vegetativo. El acusado salió de la cárcel el 23 de noviembre gracias a este beneficio y no regresó más tras las rejas. Aún está prófugo. | ||
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