Miércoles 03 de Diciembre de 2008 Edicion impresa pag. 36 > Policiales y Judiciales
La Corte Suprema ordenó no liberar a menores
Revocó por unanimidad un fallo que beneficiaba a 60 adolescentes. Reclamó la implementación de políticas sociales y de contención. Le pidió al Congreso que adecue la legislación sobre minoridad.

BUENOS AIRES (DyN).- La Corte Suprema de Justicia revocó ayer un fallo que ordenaba la libertad progresiva de un grupo de menores de 16 años, reclamó a los gobernantes políticas sociales para resolver las carencias en salud, educación, deporte, infraestructura y lucha contra las adicciones, y pidió al Congreso que adecue la legislación en materia de minoridad.

"Resulta de toda urgencia y necesidad que los organismos administrativos nacionales y locales con competencia en la materia emprendan las acciones necesarias con el propósito de trazar y ejecutar políticas públicas que tiendan, en todo lo que sea apropiado, a excluir la judicialización de los problemas que afectan a los menores no punibles", señaló el máximo tribunal.

Por unanimidad, la Corte revocó un fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal que había dispuesto la libertad, en un plazo de 90 días, de los adolescentes alojados en el Instituto de Menores San Martín de la ciudad de Buenos Aires. Casación había declarado en diciembre del año pasado la inconstitucionalidad del artículo primero de la ley 22.278 de régimen de minoridad que establece que "no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad".

La causa llegó a la Corte, que el 18 de marzo hizo lugar a recurso del fiscal Raúl Pleé y dispuso la suspensión de la medida. "No es asunto de desaprobar solamente leyes" sino también de establecer "otras políticas, planes, programas generales y específicos en materia de educación, salud, deporte, adicciones, estrategias, instituciones, instalaciones", afirmó ayer el máximo tribunal. Añadió que "tales acciones, cuya implementación es atributo directo de los poderes públicos, resultan previas a cualquier medida de alcance general -como la apelada-", es decir la libertad de los menores.

En ese marco, la Corte le requirió a los gobiernos nacional y de la ciudad de Buenos Aires que "en un plazo razonable adopten las medidas que son de su resorte" y al Congreso que "adecue la legislación en la materia a los estándares mínimos que surgen de los instrumentos internacionales incorporados a la Constitución Nacional".

El fallo de la Corte fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti (presidente), Elena Highton de Nolasco (vice), Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay.

En una entrevista concedida a Página/12, Argibay hizo referencia a esta causa y señaló que los menores internados en el instituto San Martín son "blancos móviles" de la policía, que, según dijo, "ya los tiene marcados".

"A veces no tienen dónde ir; o los maltrata la familia, o la familia no los quiere tener. No se los puede largar a la calle así, porque los van a matar. No quiero esas muertes sobre mi conciencia", agregó la jueza. Argibay volvió a rechazar la baja de la edad de la imputabilidad como solución y bregó por "la protección y la educación siempre".

Por su parte, el presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, había dicho semanas atrás en el coloquio de IDEA en Mar del Plata que es importante que haya lugares donde los menores "se reeduquen, y no donde se formen delincuentes profesionales".

En su resolución, el máximo tribunal dispuso también que cada juez debe velar por los derechos de los menores a su cargo, lo que "implica escucharlos con todas las garantías" y tener un conocimiento "personal, directo y actualizado" de sus condiciones de internación para tomar las medidas que mejoren su calidad de vida.

"En especial, deberán revisar, permanentemente y en virtud de ese conocimiento inmediato, la conveniencia de mantener su internación", agregó.

La intención de la Corte, según se desprende entonces de su fallo y de manifestaciones públicas de algunos de sus miembros, sería que al salir de su encierro transitorio los menores tengan contención, asistencia social e integración y no queden a merced de la marginalidad que los colocaría nuevamente tras las rejas o directamente los llevaría a la muerte.

La Corte recordó que en octubre de 2002, el Comité de los Derechos del Niño expresó su preocupación por la cantidad de menores internados y alejados de su familia, además de criticar el régimen de minoridad. En esa oportunidad el Comité le recomendó al país establecer mecanismos adecuados para hacer frente a la situación de los menores, revisar su legislación y distinguir entre los menores en conflicto con la ley y los que están en situación de vulnerabilidad.

A pesar de que dispone el encierro de los menores, la Corte dijo que "no puede permanecer indiferente ante la gravedad de la situación y la demora en proceder a una adecuación de la legislación".

"Es dable afirmar que las cuestiones que encierra la problemática de los menores en conflicto con la ley penal, son de una delicadeza, gravedad y complejidad extremas, tanto en sus causas, como en sus consecuencias personales y con relación a la comunidad toda", sostuvo la Corte.

La Cámara de Casación había hecho lugar a un hábeas corpus presentado en setiembre de 2006 por la Fundación Sur, en el cual ordenó que el Poder Ejecutivo dicte en un año una nueva ley de menores.

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