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  Miércoles 03 de Diciembre de 2008  
  Edicion impresa pag. 11 » Regionales  
  ART obligada a pagar por una rehabilitación  
La Cámara Laboral de Bariloche reconoció el derecho de un trabajador, lesionado por levantar bolsas con 50 kilos de tierra. No querían cubrir la operación necesaria.
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SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Cámara Laboral de esta ciudad hizo lugar a la apelación interpuesta por un trabajador y ordenó a la ART Consolidar que le brinde las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley de accidentes de trabajo hasta su "curación completa".

El damnificado, Alejandro Núñez, sufrió una severa lesión lumbar a raíz de un accidente de trabajo ocurrido el 20 de octubre de 2006, mientras realizaba sus tareas habituales. La dolencia -desatada por un esfuerzo al "levantar bolsas de 50 kilos de tierra"- le produjo una incapacidad del 100 por ciento para realizar las tareas de esfuerzo que demanda su trabajo.

La curación requiere una intervención quirúrgica que la ART desconoció, basada en un dictamen médico que atribuyó la lesión a una "patología preexistente" y eximiendo a Consolidar de brindar las prestaciones de ley (24.557).

De hecho, el paciente recibió tratamiento médico, farmacológico, rehabilitación y fue dado de alta sin un diagnóstico preciso sobre la lesión.

Ante la continuidad de la dolencia Nuñez apeló la junta médica realizada en Viedma y se sometió a un examen del médico forense, que en mayo de este año constató que "la sintomatología comenzó con el esfuerzo" y estimó que "en ese momento se produjo la protusión (hernia) del núcleo pulposo del 5º disco lumbar".

La Cámara Laboral barilochense entendió que la comisión médica original cumplió con una "mera formalidad" al reconcoer el accidente de trabajo pero atribuir la lesión a una "patología preexistente", eximiendo a la ART de brindar las prestaciones previstas por ley.

En su falló los jueces destacaron que "sin tratamiento quirúrgico, la incapacidad laborativa para el desarrollo de sus tareas habituales es total -100%- y debe ser considerada como permanente y consolidada por haber transcurrido más de un año".

La sentencia prevé la constitución de una comisión médica para fijar la "eventual incapacidad" una vez concluídos los tratamientos médicos.


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Los comentarios que aparecen a continuación son vertidos por nuestros lectores y no reflejan la opinión de la Editorial Río Negro S.A. Los comentarios se publican sin editarlos y sin corregirlos.
Nos dejo su opinión
03/12/2008, 09:53:04
fabian
Por lo leido en el informe , le doy la razon a Fauto. el ente controlador es la SRT que debe controlar este tipo accidentes. Lo que pasa es que nosotros estamos viviendo en ARGENTINA aquí todo vale y todos tienen la razon ,pero nadie se hace cargo de sus responsabilidades , y el problema es del OTRO.
03/12/2008, 09:14:34
FAUSTO
Falsa publicidad Es increible como las ART siempre le buscan la vuelta para no hacerse cargo de lo que prometen ala hora de integrar personas, simpre prometiendo cubrir cualquier gasto medico o de reabilitacion en caso de accidente y por ello se llevan sus buenos morlakos pero ala hora de cumplir se hacen los distraidos y le buscan una vuelta legal o tienen medicos tan corruptos como ellos y abandonan alas personas a su suerte, entonces yo me pregunto!! no hay ningun organismo que controle a estas instituciones para que cumplan con lo que corresponde??? o es que tambien estan bien pagados por ellas al igual que esa junta medica irresponsable que le pego una mirada de suegra al pobre hombre este
 
 
 
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