| ||
Flavors no debió ser exenta de Ingresos Brutos | ||
Ni la firma radicada en Conesa ni la UTE con Masily cumplían los requisitos de ley. Bardeggia detectó irregularidades en el expediente que las eximió en sólo 13 días. | ||
Flavors nunca debió recibir los beneficios de exención impositiva previstos en la ley 1274 y otorgados por el ministerio de Hacienda desde 2006 y hasta hace apenas unos días, porque no cumplía los requisitos fijados en la norma y era deudora de Rentas. Mucho menos debió recibirlos la UTE que integraba con Masily, que nunca radicó un establecimiento en la provincia. Las irregularidades en el expediente de la exención son numerosos e involucran dictámenes, informes y autorizaciones brindados por responsables de Hacienda, Rentas, Medio Ambiente, Salud Pública, Industrias y Fiscalía de Estado, según puntualizó el legislador Luis Bardeggia, de Encuentro, quien trabaja en forma unipersonal en éste y otros temas. "Llama la atención que las irregularidades, falencias y permisividad institucional se dan en toda la estructura del Estado Provincial", dijo Bardeggia, quien analizó el expediente 078742/2006, iniciado el 6 de febrero de 2006 y con 415 hojas en dos tomos. De él surge que: -Hacienda eximió del 100% de Ingresos Brutos y Sellos a Flavors & Cia. SA y a la UTE constituida por esa firma y Masily SA, desde el 15 de junio de 2006 al 5 de junio de 2007. Los beneficios se prorrogaron en iguales condiciones por un año más, desde 1 de enero de 2008. El 4 de noviembre de 2008 el Ministerio de Hacienda suspendió "temporariamente" la exención, luego de que el gobernador excluyera a la firma del registro de Contratistas. -La UTE inició el expediente pero no radicó empresa, por lo cual no debió recibir el beneficio. -En el primer borrador de resolución confeccionado por la Asesora Legal del Ministerio de Hacienda, el beneficio se otorgaba sólo a la UTE y por un 70% de Ingresos Brutos; no del 100 % como finalmente se otorgó tanto a la UTE como a la Empresa Flavors CIA SA. El subsecretario de Ingresos Públicos Graciano Bracalente justifica la exención del 70% y la hace extensiva a Sellos. -Flavors presenta una nota firmada por Daniel Fernández informando que su inversión sería de 3,5 millones y no de 2,6 millones. Y otra firmada por Máximo Vicchi pidiendo que la exención se otorgue a ambas firmas, Flavors y la UTE. En ella reivindica el rol de elaboradora de Flavors. En un solo día, el gobierno aceptó ambos argumentos y en un solo día la Asesoría Legal de Hacienda elevó el nuevo proyecto de resolución otorgando el 100% de exención a las dos firmas. El 31 de mayo de 2006 mediante la Resolución N 869/2006 se otorgan las exenciones, con la conformidad de la Fiscalía de Estado. Desde el comienzo del expediente habían transcurrido sólo 13 días hábiles. -La exención se otorgó faltando los siguientes requisitos: Informe de Impacto ambiental, certificado habilitante del establecimiento otorgado por Salud Pública, inscripción del establecimiento en el registro de cuerpos receptores de agua, habilitación municipal. Además, las dos firmas debían impuestos por cerca de un millón de pesos. -Cuando el ministerio de Hacienda prorroga las exenciones por otro año las firmas beneficiadas continuaban en condición de deudoras y debieron firmar planes de facilidades de pago con Rentas. En esa ocasión Flavors y la UTE presentaron parte de lo que adeudaban, pero en algún caso tarde o sin comprobantes sobre sus dichos. -La UTE, formada sólo para participar en la licitación 90/06, no cumple con el requisito de establecerse en la provincia. -La actividad de la UTE no se la puede encuadrar en ninguna de las 50 actividades que figuran en el Anexo I del Decreto 939/78, reglamentario de la Ley 1274 de Promoción Industrial y económica. Ese artículo dice: Podrán acogerse (...) titulares de nuevas empresas y explotaciones que se radiquen en la Provincia de Río Negro, cuyas actividades estén incluidas en el listado que preverá el Decreto Reglamentario..." -Al darle la exención, Flavors no tenía habilitación municipal ni de Salud. | ||
Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí | ||