BUENOS AIRES (Télam).- Un padre que se resistió a reconocer a su hijo fue condenado a pagar 30.000 pesos de indemnización por el daño moral que le provocó al nene, informaron fuentes judiciales.
El demandado (cuyas iniciales son F. A. T.) fue condenado también a abonarle 10.000 pesos de indemnización a la madre del niño (E. B.).
El tribunal recordó que el demandado reconoció haber mantenido relaciones sexuales con la madre del pequeño, pero negó su paternidad a pesar de que los estudios biológicos arrojaron una probabilidad del 99,98% sobre su vínculo con el menor, actualmente de 9 años.
La Sala M de la Cámara Civil expuso que el daño moral "importa una lesión a los intereses extrapatrimoniales" y evaluó "las afecciones legítimas" que padeció el niño por la falta de aceptación del progenitor y por no poder contar con su apellido paterno, ya que figura inscripto con el de la madre.
Para la directora del Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, Nora Schulman, el fallo "es muy importante porque sienta jurisprudencia en cuanto al reconocimiento al derecho a la identidad y sobre el daño moral que se produce a un niño cuando se le es negada", dijo a Télam.
En su fallo, los camaristas sostuvieron que "la resistencia al reconocimiento de la paternidad le ha frustrado (al niño) la posibilidad de un mayor bienestar en cuanto a posibilidades de ser y su realización personal".
"Es indudable el menoscabo al proyecto de vida que sufrió el menor ante la carencia de la figura paterna", por la falta de presencia física de quien sirve como referente para la relación con la sociedad, argumentó el tribunal.
Según los camaristas, el demandado "no demostró voluntad tendiente a esclarecer la identidad de quien sería declarado su hijo y, aun con el resultado del ADN, "no puso fin al pleito sino que se limitó a esperar la sentencia".
Schulman recordó que este derecho de los chicos está claramente expresado en los artículos 7 y 8 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que fueron impulsados por la Argentina a través de las Abuelas de Plaza de Mayo. Esta convención, adoptada por la ONU en 1989, es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, políticos, sociales y económicos.