Miércoles 22 de Octubre de 2008 Edicion impresa pag. 12 > Regionales
El Inal clasificó la leche de Flavors como clase II
El informe se publicó en el Boletín Oficial y dice que es perjudicial para la salud. Las bajas de los proveedores seguirán hasta que concluyan las investigaciones.

VIEDMA (AV)- El Instituto Nacional de Alimentos -Inal- clasificó a la leche que entregaba Flavors como clase II, lo que determina la existencia de un riesgo probable que puede ocasionar un posible perjuicio en la salud de quienes la consumen.

Así lo especifica el decreto N° 1.079 del 10 de este mes por el cual el gobierno rionegrino suspendió preventivamente la provisión de alimentos por parte de las firmas Flavors & Cía. S A; Flavors &Ca SA, UTE; y Masily SA al ministerio de Familia provincial. Por otra parte, en esta misma norma se dispuso la suspensión preventiva en el registro de proveedores de Río Negro a Flavors y Masily.

La norma fue publicada en el Boletín Oficial emitido ayer en el que se consignó que esas medidas deberán ser aplicadas mientras continúe la decisión del Instituto Nacional de Alimentos y hasta que se concluyan las investigaciones administrativas y judiciales en curso.

También instruyó al ministro de Familia, Alfredo Pega, para que adopte los recaudos a fin de dar continuidad y garantizar la cobertura integral de los Programas Sociales denominados "Comedores Escolares; Comunitarios; Desayuno y Merienda Escolar; y comer en Familia" afectados por las medidas dispuestas "adoptando las herramientas administrativas necesarias e indispensables para satisfacer en forma urgente e inmediata las necesidades públicas inherentes a los programas sociales afectados".

El decreto detalló la decisión del Instituto Nacional de Alimentos -Inal- de retirar del consumo la leche entera en polvo marca Deshifood y Le Bourguet Nutrimas, elaboradas por Deshifood en Entre Ríos y Masily en San Luis, por no cumplir con las exigencias del Código Alimentario Argentino.

La norma firmada por el gobernador, Miguel Saiz, agregó que la decisión de la autoridad sanitaria nacional nacional "constituyó un hecho nuevo que cambia radicalmente las condiciones fácticas y las circunstancias en que fue emitida la vista de la Fiscalía de Estado en la cual se concluyó en la necesidad de realizar nuevos exámenes bromatológicos representativos a fin de determinar con el mayor grado de certeza sobre la calidad y aptitud sanitaria de los productos objeto de suministro".

En los considerandos del decreto el gobierno recordó los alcances de la Constitución provincial y que "es obligación impostergable de la autoridad pública garantizar el derecho a la salud comprometido en este caso con acciones positivas, correctivas y protectorias de los bienes jurídicos de rango superior en juego". También puntualizó que continuar con esos contratos cuyos productos han sido retirados en parte de circulación por no satisfacer las normas del Código Alimentario Argentino "determina la existencia de un riesgo presunto y concreto que debe ser evaluado de acuerdo al interés público comprometido".

Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí