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Quedaron en libertad los cuatro sospechosos | ||
La Cámara hizo lugar al planteo que realizaron los defensores Lucero y Tejeda."Nadie puede ser el autor de la muerte de un tercero y ser encubridor", dijeron. | ||
CIPOLLETTI (AC).- No quedó ningún detenido por el caso Otoño Uriarte. La Cámara Primera del Crimen coincidió con los planteos de la defensa y aseguró que la jueza María del Carmen García García cometió un "vicio de forma" al haber procesado a los cuatro imputados por el encubrimiento de un hecho propio. Anuló parcialmente la resolución, revocando el procesamiento y la prisión preventiva que pesaba contra Néstor Ricardo Cau, Germán Antilaf, José Jhaffri y Maximiliano Lagos. Aunque en libertad, los cuatro seguirán vinculados a la causa, porque quedó firme la falta de mérito que les había dictado la magistrada. En el caso de Cau, Antilaf y Jhaffri por "privación ilegítima de la libertad" y "abuso sexual reiterado en cuya circunstancia ocurrió la muerte". Y para Lagos, sólo por este último delito. "Resulta contradictorio sostener que alguien pudiera encubrir su propio obrar desvalioso, por ende, para poder sostener esta tercera conducta se debió haber sobreseído la antecedente o bien para avalar la continuidad de aquella investigación, no dictar éste procesamiento y aguardar el desarrollo de la misma", opinaron los jueces luego de destacar que el artículo 277 del Código Penal indica: "...el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado..." García García había indagado a Cau, Antilaf y Jhaffri por tres hechos: privación ilegítima de la libertad, abuso sexual reiterado en cuya circunstancia resultó la muerte y encubrimiento. A Lagos únicamente por los dos últimos. Pero sólo los procesó por encubrimiento agravado (porque consideró que habrían ocultado un abuso sexual gravemente ultrajante). Sin embargo en la misma resolución la jueza reconoció que no tenía mérito suficiente para procesarlos ni para sobreseerlos por lo otros delitos y les dictó la "falta de mérito", dejando así la posibilidad de continuar con la investigación teniéndolos a ellos como presuntos autores. "Encubrir un hecho propio es una aberración jurídica", dijo en su apelación "in voce" Gustavo Lucero, defensor de Lagos. Lo mismo opinó Eves Tejeda, que asiste a los otros tres. Si bien el fiscal de Cámara Ricardo Maggi había manifestado que el procesamiento de García García estaba "correctamente dictado", la Cámara opinó todo lo contrario. "El decisorio puesto en crisis conlleva un vicio formal que afecta las garantías constitucionales del debido proceso y la defensa en juicio", afirmaron los jueces Jorge Bosch y Álvaro Meynet en sus votos. Daniel Drake, ante la coincidencia de los otros dos camaristas, se abstuvo. "Nadie puede ser autor de la muerte de un tercero y a su vez encubridor del deceso, toda vez que ésta última figura exige que el delito primigenio haya sido ejecutado por otro. Es claro que la contradicción reseñada porta una afectación al debido proceso y vulnera el derecho de defensa, ambos principios de raigambre constitucional", agregaron. Por eso, sin siquiera analizar cuestiones de hecho, declararon la nulidad parcial del auto de procesamiento y la prisión preventiva. En horas de la tarde, los cuatro recuperaron la libertad. | ||
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