| ||
Procesan a un empresario que manoseó a la hija de una turista | ||
Fue en Bariloche a fines de setiembre; el acusado seguirá en libertad | ||
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez de Instrucción Miguel Angel Gaimaro Pozzi dictó el procesamiento de un empresario que es dueño de una confitería ubicada cerca del hotel Llao Llao, a quien le atribuyen haber manoseado a una nena de seis años, hija de una turista que estaba en el local, porque entiende que existen elementos convictivos suficientes, pero permitió que mantuviera la libertad provisional mientras se sustancia el juicio. El acusado es Rolf Leo Geczynski Winzer, mexicano, de 37 años, propietario de una casa de té en la avenida Bustillo, a quien le adjudican haberse acercado a la menor, mientras estaba en el jardín de su local, y preguntarle si tenía cosquillas, ocasión que habría aprovechado para realizar tocamientos a la niña por debajo de su ropa interior inferior. La investigación se inició a partir de la denuncia formulada por la madre de la menor ante el destacamento policial de Playa Serena, a las 20:30 del pasado 25 de setiembre, cuando refirió que una hora antes se encontraba con su concubino, su hija de seis años y unos amigos, y que cuando su pareja salió al parque para ver a la nena observó que el acusado se encontraba parado ante ella, con una de sus manos en la cintura y la otra dentro de sus pantalones, tocándole los genitales y haciendo movimientos. Ante el llamado de atención el sospechoso respondió que sólo le hacía cosquillas a la nena, y el médico policial no encontró signos externos de violencia reciente. La menor fue interrogada por un psicóloga en la cámara Gesell y su testimonio, si bien no trascendió en detalles, habría confirmado los aspectos denunciados. Al ejercer su defensa, el imputado negó el hecho que le atribuyen, pero aceptó haber estado en el momento y lugar del hecho denunciado por la madre de la menor y su concubino. Para Gaimaro Pozzi, en esta causa "no sólo se cuenta con el testimonio de la víctima, sino con un testigo presencial y otros elementos que permiten sostener la imputación, disponer el procesamiento, y por tanto descartar en esta etapa la versión del imputado". A su juicio, "la niña describió los hechos en forma clara, sin contradicciones", y señaló que el imputado le introdujo una mano por debajo de la bombacha en dos oportunidades para efectuar tocamientos. Al fundamentar el procesamiento el magistrado argumentó que "no se aprecian motivos por los cuales la niña mentiría sobre hecho semejante y en el relato de ella ha quedado en claro que los tocamientos fueron impúdicos". | ||
Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí | ||