Los jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazaron el recurso de apelación de la UNTER contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Tercera Circunscripción Judicial que -por mayoría- desestimó la acción de amparo presentada por el gremio y docentes contra el CPE por dictar resoluciones de supresión de 11 cargos en escuelas de las localidades de Mallín Ahogado, Los Repollos, Arroyo Quemquemtreu, El Foyel, Río Azul, Río Villegas y El Bolsón.
Según informó ADN, se pretendía además ampliar el objeto del amparo, solicitando que se ordene al CPE que pague los salarios a partir del 6 y 14 de febrero de 2008 para los docentes rurales y de escuelas urbanas, respectivamente, de la ciudad de El Bolsón.
En línea con lo sustentado por la Procuración General del Poder Judicial, el presidente del STJ, Víctor Sodero Nievas, observó que "estamos ante un reclamo de naturaleza administrativa y es la autoridad administrativa quien debe resolverlo", en directa referencia al CPE.
Desde la Justicia se consideró que el dictado de las mencionadas resoluciones es facultad del CPE, que "tiene como misión la formulación de las políticas educativas de la provincia, por lo que decidir lo contrario sería una intromisión de los jueces en el ejercicio discrecional de las funciones del citado Consejo, implicando la violación del principio de división de poderes".
En cuanto a la presentación por el tema salarial, desde el mismo ámbito se declaró que su tratamiento es ajeno a la competencia del Tribunal por ser materia estrictamente laboral disponiendo su desglose a fin de remitirlo al Tribunal del Trabajo.
Por su parte, UNTER y docentes habían argumentado que la acción de amparo es la vía más idónea para llevar adelante el reclamo.