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  Sábado 20 de Septiembre de 2008  
  Edicion impresa pag. 24 y 25 »  
  El poder son los tres poderes  
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Anteayer, jueves, en un debate realizado en el salón de actos de este diario en Roca, del que también participaron el constitucionalista Rodolfo Ponce De León y Gabriel Rafart, cientista político, Aleardo Laría, abogado y periodista, alegó a favor de la necesidad de pasar del sistema presidencialista de la Constitución argentina a otro de carácter parlamentario. La ocasión fue propicia para que Laría presentara un libro suyo dedicado al tema, "Calidad institucional y presidencialismo".

La discrepancia más aguda se planteó entre Laría y Rafart, el primero a favor del parlamentarismo, el segundo partidario del sistema implantado por la Constitución de 1853 y acentuado por la reforma de 1994.

Laría dijo que un presidencialismo fuerte no favorece los acuerdos ni la formulación de políticas de largo plazo. Explicó que en vísperas de comicios generales, se forman coaliciones de fines solamente electoralistas porque, "como el que gana gana todo, el presidente al asumir está deseoso de sacudirse cuánto antes a los aliados". Por el contrario, Rafart destacó que la superioridad presidencial favorece la "solidez del poder". Ponce de León, a su turno, relativizó la posibilidad inmediata de un cambio de sistema: "Es bueno cambiar horizontes", dijo, pero añadió que "el cambio de la arquitectura política no es una empresa que dependa de la voluntad de los actores sino de la evolución de la sociedad".

El principio de equilibrio y control recíproco de los poderes ha tenido escasa vigencia en la Argentina. Dejo a un lado los gobiernos que se sucedieron hasta 1916 porque no se sustentaban en la soberanía popular. Sí tuvieron ese sustento los de la UCR desde ese año hasta setiembre de 1930 y el de Perón de 1946 a 1955, depuesto también en el fatal setiembre.

Pero el control recíproco cedió a favor del presidente convertido en líder y caudillo. No tanto en los gobiernos radicales como en los peronistas, presididos por un jefe cuyo poder omnímodo se apoyó, antes que en la Constitución, en una alianza de la clase trabajadora, la Iglesia y el Ejército.

Una revisión ligera de la Constitución podría decirnos que, como corresponde al estado de derecho, impone el gobierno de la ley. Y siendo la sanción de las leyes una atribución exclusiva del parlamento (al menos hasta el año 1994), la primacía de ese poder del Estado sería obvia. Esa primacía es la que determina que en su segunda parte, dedicada a la estructura del poder, la carta constitucional coloque en el primer lugar al Poder Legislativo. Es así no por casualidad sino porque es el que dicta la ley. Por eso se llama "legislativo". Al Ejecutivo se le asignaría un rol menor porque, como su nombre lo indica (los nombres, como las palabras, son importantes) es el que "ejecuta" la ley.

El capítulo dedicado a "la formación y sanción de las leyes" deja entender (artículo 78) que la ley sancionada por el Congreso sólo tiene imperio cuando el Ejecutivo se abstiene de vetarla total o parcialmente y la promulga. Pero la primacía parlamentaria queda reflejada en el artículo 83, que reconoce al Congreso la posibilidad de imponer su voluntad si ambas cámaras insisten en un proyecto vetado con una mayoría de dos tercios.

Hasta aquí, todo bien. Hasta que llegamos al inciso 1º del artículo 99 que define al presidente como "el jefe supremo de la Nación...".

El "jefe supremo" es, en la novela cumbre del paraguayo Augusto Roa Bastos, "Yo, el Supremo" (1974), el dictador vitalicio de ese país José Gaspar Rodríguez de Francia, una extraña mezcla latinoamericana de dictadura laica que gobernó al Paraguay con mano de hierro durante 26 años, entre 1814 y 1840, contra la Iglesia y la aristocracia.

En la Argentina, en cambio, el "jefe supremo" constitucional con un mandato de seis años sucedía años después al dictador Juan Manuel de Rosas, derrocado por el ejército de Urquiza aliado al brasileño del duque de Caxias, tenido como "libertador" de la Argentina en la historia oficial del Brasil y que como tal desfiló por las calles de Buenos Aires después de Caseros.

Seguramente, la Argentina necesitaba entonces un "jefe supremo" para reducir la resistencia del feudo rosista, la provincia de Buenos Aires, y luego al interior profundo de los caudillejos sedicentemente federales.

Se trataba de hacer "gobernable" a la Argentina y es lamentable que hoy, siglo y medio después, el país siga necesitando un "jefe supremo", revalidado como tal en la reforma de 1994 y con mayores poderes aún que los que tenía en la vieja Constitución, porque ahora puede dictar leyes sin el Congreso. Son los llamados "decretos de necesidad y urgencia"(DNU), autorizados por el artículo 99 como excepción a la enfática norma del mismo artículo que prohíbe al Poder Ejecutivo -es decir, el presidente-"bajo pena de nulidad absoluta e insanable" dictar leyes por sí y ante sí.

Carlos Menem firmó 370 y Kirchner 249 -250 para redondear si contamos al que firmó recientemente la presidenta en ejercicio-. Tenemos un total de 620 DNU (sin contar los dictados por De la Rúa y Duhalde). Por descontado que no hubo ninguna "nulidad absoluta e insanable", porque la Comisión Bicameral Permanente que debía controlar los DNU nunca se constituyó (no es la única norma constitucional que no se constituye).

Un ejemplo reciente nos ilustra acerca de cómo el fortalecimiento normativo de las facultades presidenciales (que incluye los llamados "superpoderes") tiene un efecto contrario al de la gobernabilidad que se pretende. En el enfrentamiento con "el campo", el Poder Ejecutivo creyó que ni siquiera era preciso recurrir a un decreto simple: bastaba con una resolución del ministro de Economía para elevar la tasa de las retenciones a las exportaciones de granos. Pero hubo que recurrir al parlamento, y ni aún así pudo prevalecer el proyecto, con lo cual el caso desató una grave crisis que por poco no desembocó en la renuncia de la presidenta. Quedó claro -eso esperamos-que hay que gobernar con el parlamento, porque la concentración del poder político en una sola persona termina, como nuestra historia -reciente y no tanto- lo enseña, en una dictadura que, de hecho y contra el Estado democrático, liquida la República.

Hay que acostumbrarse a pensar que el gobierno no es sólo el Poder Ejecutivo: incumbe a los tres poderes del Estado.

 

JORGE GADANO

jagadano@yahoo.com.ar


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Los comentarios que aparecen a continuación son vertidos por nuestros lectores y no reflejan la opinión de la Editorial Río Negro S.A. Los comentarios se publican sin editarlos y sin corregirlos.
Nos dejo su opinión
20/09/2008, 16:03:25
Tábano
Coincido en que la concentración de poder en el presidente es el gran defecto político de la Constitución de 1853, acentuado por la reforma de 1994 que inició, como dijo Don Jaime de Nevares en la Convención Constituyente, los funerales de la República. Vamos al parlamentarismo, o al carajo.
20/09/2008, 14:24:45
marathon
la elite? Muy grande hicieron al pais ... sentaron sus bases para el subdesarrollo. En 1900 y en 1976 también !!!
20/09/2008, 10:49:33
yul591
¡EXCELENTE NOTA DE GADANO, COMO SIEMPRE! ¡MUY BUENO EL LIBRO DEL DR. LARÍA!
20/09/2008, 07:43:23
ARISTARCO
Discusiones bizantinas. "Pepo", constitucionalista... por favor. Gadano hace una distinción: hasta 1916 los gobiernos no tuvieron respaldo popular. Después, sí. Pero no dice que los "respaldos populares" llevaron, y siguen llevando, el país al desastre. En buena hora volvieran los que no tienen "respaldo", o sea, los elitistas, pero que hicieron grande al país. Los brasileños, ladinos, hicieron demorar unos días el famoso desfile para que coincidiera con la fecha de la batalla de Ituzaingó, o Paso del Rosario, donde fueron batidos totalmente por el ejército argentino. De ese modo se tomaban el desquite. El desfile fue el 20 de febrero de 1852. La batalla, el 20 de febrero de 1827. La torpe política rivadaviana hizo casi una derrota de esa sensacional victoria que, de haber sido debidamente aprovechada, al estilo yanqui, hubiera marcado el fin del imperio del Brasil. Fue al revés.
 
 
 
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