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Cascón vetó la polémica ordenanza de "Dos Valles" | ||
El proyecto inmobiliario deberá someterse al Código Urbanístico del '95 | ||
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El intendente Marcelo Cascón vetó en forma parcial la ordenanza 1.835-CM-08, que otorgó parámetros urbanísticos a las tierras del emprendimiento "Dos Valles" por una vía excepcional, eludiendo los estudios técnicos y los mecanismos participativos que prevé normativa vigente. La decisión, anunciada la semana pasada por el mandatario, vuelve a foja cero el expediente y obliga a los "desarrolladores" del club de campo a transitar el "rango temático 3 del Manuel de Gestión Técnico Administrativa". Lo que, en otras palabras, significa someter el proyecto a los procedimientos establecidos por el Código Urbanístico del '95 y normas complementarias y "no condicionar la aprobación de la ordenanza a la voluntad del administrado". El planteo del Ejecutivo ya fue evaluado por la "mesa Enlace" -creada por el Deliberante para agilizar el replanteo de la polémica ordenanza- y contaría con consenso suficiente entre los concejales para revisar lo actuado. Una de las consecuencias de difícil solución que provocará el veto es la paralización de las obras infraestructura para los habitantes del Pilar I, que pugnaron fuertemente en favor de "Dos Valles" atraídos por las promesas de los inversores. Cascón reconoció a "Río Negro" que la red de gas y la ampliación de agua potable podrían canalizarse a través de la emergencia habitacional pero que todavía no existe una definición en ese sentido. El planteo permitiría solucionar la necesidad de los vecinos sin condicionar la planificación de la ciudad. Las principales observaciones señaladas en el dictamen que fundamenta el veto parcial son: la obligación de transitar el Rango Temático 3 tanto para la definición de zonas, usos y parámetros urbanísticos como para el proyecto del club de campo "Dos Valles"; las garantías de acceso público al río Ñireco y de conservación del "área de preservación ecológica y paisajística". También se requiere la reformulación del convenio obligando a los inversores a iniciar los estudios para las obras de infraestructura a partir de la promulgación de la ordenanza reformulada, con la imposición de iniciar las obras en los tres meses posteriores a la autorización del planteo urbanístico. El dictamen destaca la apreciación inmobiliaria de la tierra que genera el simple otorgamiento de indicadores urbanísticos y sostiene que esa "plusvalía de diferencia" debe ser recuperada por la comunidad. Un concepto que fue rechazado categóricamente por el apoderado de emprendimiento, Sergio Mendiburu. Además, enfatiza que "el estado Municipal no debe condicionar la aprobación de la ordenanza a la voluntad del administrado" y que el municipio "no puede renunciar a los derechos por incumplimiento de las sociedades ni del señor Clutterbuck (propietario de las tierras)". En los fundamentos del veto el Ejecutivo advirtió que la ordenanza 1.835-CM-08 vulneró "la igualdad de oportunidades y de trato" consagrada por la Carta Orgánica. En tal sentido analiza que otorgar indicadores urbanísticos a solo dos parcelas sin los dictámenes técnicos ni los estudios de impacto ambiental y supeditados al "complementario de obras por parte de los emprendedores" constituye "a las claras una excepcionalidad y no contempla al resto de los administrados". El dictamen señala, además, la violación de la ley nacional 24.910, que obliga al municipio a convenir con Parques Nacionales la realización de estudios para prevenir la "dirección y tasa de crecimiento urbana a los efectos de evitar una expansión sobre la Reserva Nacional Nahuel Huapi". Las tierras que ocuparía el club de campo "Dos Valles", al pie del cerro Ventana, limitan con el área protegida y son parte de la franja sujeta a los estudios que manda la citada ley. | ||
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