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  Miércoles 17 de Septiembre de 2008  
  Edicion impresa pag. 20 y 21 »  
  A 50 años del IPPV: ¿Algo para festejar?  
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A 50 años de su creación, el IPPV está muy lejos de lo redactado en la ley Nº 21, la que perdura en años con mucha claridad y actualidad, aunque prácticamente no se cumple.

Existe un Instituto sin política propia sobre la temática del hábitat y que depende del "llave en mano", como único salvavidas de un organismo falto de creatividad y gestión.

Ayer, 16 de setiembre, se cumplieron 50 años de la sanción de la ley de la provincia de Río Negro Nº 21, la que creó el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda. Ésta determina que el Instituto tiene "a su cargo el desarrollo de la acción del gobierno de la provincia y privada, en un ordenamiento adecuado de los factores económicos, físicos sociales y políticos para el logro de la elevación de los niveles de vida de la población y a resolver el problema de la habitación humana en la provincia".

Además la ley Nº 21 explicita tres ejes primordiales de acción, a saber:

1. Planificación, urbanización y difusión de conceptos esenciales de interés público y privado en materia de vivienda.

2. Construcción con carácter experimental de viviendas para uso de obreros y empleados, urbanas o rurales, mediante los recursos de los que pueda disponer.

3. A su cargo estará todo plan de obras públicas social de viviendas.

Más allá de la terminología de la época, la ley Nº 21 -sancionada en el 1958- posee la actualidad necesaria para utilizarla como una herramienta absolutamente válida para estos tiempos. Los otrora legisladores provinciales visualizaron la temática de lo que hoy llamaríamos hábitat, con una claridad meridiana por aquellos años y dotaron a la provincia de una normativa que se adelantó doce años a la sanción de la ley Fonavi, modificada en el Congreso Nacional por la 24.464 y sucesivos pactos fiscales.

La ley de creación del IPPV aborda aspectos del hábitat que hoy debieran estar gravados a fuego en cualquier agenda de gestión estatal, aunque la sociedad se ha complejizado y la temática social debe contemplar múltiples variables. La ley 21 permite entender y accionar sobre esta complejidad de manera ágil y moderna.

Si analizamos algunos de los puntos a los que se hacen referencia en la redacción, veremos cómo no ha perdido actualidad, ya que se habla de "Mejorar y recuperar las viviendas insalubres edificadas en terreno propio", de "la instrucción y el adiestramiento en la construcción a través de escuelas temporarias a personas aptas para llevar a cabo un plan de esfuerzo y ayuda mutua", del "fomento de cooperativas de viviendas, proporcionando a las mismas ayuda técnica, económica y social, a fin de que puedan encarar la construcción de viviendas adecuadas al medio y/o proveerlas de los servicios públicos y comunales necesarios".

En esta última frase quiero hacer un alto debido a que el término "vivienda adecuada" es parte de la terminología más moderna en teorización del hábitat popular. Se habla en esos términos en el "Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales", donde la Observación 4 de 1991 detalla el concepto de "El derecho a la vivienda adecuada" y se amplía la concepción de "Vivienda digna".

En otros párrafos de la ley Nº 21 se plantea la "elaboración de un régimen crediticio para la adquisición y/o construcción de viviendas populares, así como la previsión de subvenciones para compensar el desequilibrio entre ingresos y alquileres o pagos de servicios de construcción", la "facilitación de las tierras necesarias para el desarrollo de un programa de construcción de viviendas" y la "elevación integral de los niveles de vida de los sectores de escasos recursos, a fin de que puedan hacer frente a las obligaciones de los créditos que se les ofrezcan" entre otras muchas conclusiones. Pero hay una que no puede pasarse por alto en este resumen:

"Estímulo a la acción comunal en la materia, a base de una planificación descentralizada en la que se promueve la coparticipación en la acción oficial a desarrollarse y la coordinación con las comisiones vecinales que actúen en jurisdicción comunal y otros organismos nacionales y/o provinciales, favoreciendo con su acción crediticia a aquellas comunas que se den los planes reguladores de su desarrollo urbano y/o rural".

Como puede notarse, si algo no tiene la ley Nº 21 es letra muerta en su "decir", aunque llevada al hoy su letra está muerta en el "hacer". Por nuestros días el IPPV no ejecuta ni gestiona, salvo los programas que Nación distribuye a las provincias argentinas. El Instituto rionegrino no cumple el articulado de la ley y mucho menos lo ha modernizado, como debió haberlo hecho una gestión dinámica y acorde a la realidad que hoy enfrenta la ciudadanía y que espera respuestas de un organismo dormido.

Por otro lado y entre los incumplimientos de la ley, el más notorio y sustancial es el que crea su estructura de conducción en el artículo 5º. Allí puede leerse que "el Instituto se constituirá sobre la base de un directorio constituido por cuatro funcionarios por el Poder Ejecutivo, uno de los cuales será representante del gremio de la construcción, mediante ternas que a su requerimiento presentará dicho gremio. Será presidido por el funcionario que indique el Poder Ejecutivo, que tendrá carácter de director".

El IPPV ha tenido muy pocos períodos en los que haya contemplado el cumplimiento de la ley original, hablamos de la 21 y su decreto 2/63 y, paradójicamente, el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda está integrado por un interventor y tres directores generales, uno de ejecución, uno de administración y uno de préstamos, designados por el Poder Ejecutivo provincial.

Por ende el Instituto festeja sus 50 años, intervenido y falto de política habitacional propia, sin ideas y esencialmente sin estar a la altura de los tiempos que corren; con una ley de creación que permite ejecutar, de manera creativa, programas inclusivos hacia el conjunto de la sociedad, evaluando que el "llave en mano" no es suficiente y que miles de rionegrinos no pueden acceder a un derecho primario como el hábitat propio.

El IPPV debe entender que sus creadores, en 1958, expresaron en una ley la necesidad de los habitantes de la provincia; sin dudarlo, la complejidad social es otra, pero la necesidad está intacta y la vulnerabilidad de los sectores más desprotegidos se profundiza a diario.

Las herramientas para la resolución de los problemas del hábitat están a la mano, mientras tanto las leyes no se cumplen y la falta de creatividad de la gestión hace mella en los sectores marginados. Es hora de dejar de mirar hacia la corporación de empresas constructoras para pensar en el conjunto de la sociedad que requiere, como dijeron hace 50 años los legisladores de Río Negro, viviendas adecuadas.

 

OMAR REGGIANI (*)

Especial para "Río Negro"

(*) Arquitecto.

Secretario Bloque Encuentro Frente Grande


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Nos dejo su opinión
17/09/2008, 13:22:02
armando
Feliz aniversario I.P.P.V. . Pero...... si tuvieran que realizar una fiesta seguramente tendrian como invitados a muchos extrangeros e interprovincianos .Pero .... y los rionegrinos nacidos y criados para cuando ,sin ir mas lejos hoy estaban en la ruta la gente de la toma ex EMETA reclamando un techo o para ellos no existe el IPPV
 
 
 
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