NEUQUÉN (AN).- El 20 de marzo de 2006, la jueza del juzgado 2 de Familia, Isabel Kohon, autorizó el pedido de muerte digna formulado por los padres de un chico de 11 años que sufría una enfermedad terminal. Argumentaron que no querían "prolongar la agonía" de su hijo, que en los tiempos del fallo se encontraba postrado, en la última etapa de una grave enfermedad congénita e irreversible.
La magistrada dispuso que el niño recibiera el tratamiento médico paliativo correspondiente, pero que, ante el pedido de los padres, no podía ser trasladado a terapia intensiva del hospital ni ser asistido con un respirador.
El primer requerimiento había sido a los médicos del hospital Castro Rendón, ante la posibilidad de que el niño sufriera una crisis respiratoria en el marco de un diagnóstico irreversible de la enfermedad.
Los informes médicos forenses indicaron, previo al fallo de Kohon, que la asistencia respiratoria "prolongaría su agonía" y que no "modificaría el desenlace de su afección".