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Hubo irregularidades, pero absuelven a jefes policiales | ||
La Justicia de Viedma reconoció las severas fallas cometidas tras el crimen en Conesa. Pero no se pudo acreditar la intencionalidad y por eso Rapimán y Elizondo no fueron condenados. | ||
VIEDMA (AV).- El comisario Carmelo Rapimán y el oficial principal Jorge Omar Elizondo, acusados por supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad por no haber tomado medidas en las horas inmediatas al homicidio de Pablo Huenteleo, fueron absueltos de culpa y cargo. Sin embargo, el juez correccional Juan Bernardi, dio por cierta la existencia de graves irregularidades en la instrucción de la causa por parte de los efectivos imputados, por lo que dispuso poner en conocimiento a la Secretaría de Seguridad de la provincia. "La causa estuvo mal instruida hasta que llegó el juez de instrucción. Las omisiones fueron claras. No se preservó el lugar inmediatamente, no se secuestró el arma correctamente, el comisario Rapimán delegó la investigación en el oficial Elizondo sin dar directivas preocupado y ocupado por las relaciones públicas. Se permitió que se lavara el lugar, no se encontraron vainas, la que se encontró estaba aplastada y debajo de un ladrillo. En fin, una serie de irregularidades inadmisibles", describió Bernardi en su fallo conocido ayer a las 13. Las sucesivas fallas en la actuación de los policías que ratifica el magistrado, se desvanecen frente a la falta de acreditación fehaciente de la existencia de dolo en esas acciones irregulares. "No se ha podido acreditar la intención maliciosa que requiere la figura enrostrada en tanto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público necesita la omisión del funcionario ya que si su accionar fue torpe o negligente, es evidente que hubo una actividad positiva, es decir, obró pero mal, que es distinto al omitir doloso", sentenció Bernardi. Agrega en los fundamentos de su fallo que "con indicio no alcanza para condenar".
"Inaceptable"
Reconoció "las graves deficiencias en la tramitación de la causa por parte del personal policial, un comisario y un oficial principal que tuvieron también un comportamiento exculpatorio inaceptable en ocasión de hacer su descargo personal. Cuando el comisario se escuda en su inexperiencia en hacer sumarios o el oficial expresa que las directivas del código procesal son facultativas y que tiene la posibilidad funcional de cumplirlas o no", ejemplificó. Pero la falta de certeza en la acreditación del dolo, es decir, en la intención de ambos de destruir, ocultar, hacer desaparecer pruebas, omitiendo resguardar el lugar del hecho, poner custodias, tomar testimonios y otras medidas conducentes, impide una sentencia condenatoria. "No obstante corresponde poner en conocimiento de la Secretaría de Seguridad de la provincia el accionar de los imputados". El titular de esa cartera, Marcial Peralta, conoció el fallo ayer a través de "Río Negro" y dijo que seguramente los pasos a seguir serán la apertura de expedientes que permitan establecer responsabilidades y sanciones en el plano administrativo, aunque descartó la exoneración porque para ello hace falta una condena. Cabe recordar que Rapimán y Elizondo estaban al frente de la Unidad 15 de Valcheta el 8 de octubre de 2006 cuando el sargento Rogelio Flores -que anteayer fue condenado a 12 años de prisión- fue a notificar al joven Pablo Huenteleo y terminó asesinándolo de dos disparos. | ||
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