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La ANMAT será el filtro para importar efedrina | ||
Los laboratorios deberán demostrar que sólo la usarán para medicina | ||
BUENOS AIRES (DyN) - El interventor de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), Ricardo Martínez, sostuvo ayer que el organismo que dirige tendrá la función de "garantizar que la efedrina que ingrese al país sea utilizada sólo en la medicina humana". Luego de que el Gobierno nacional tomó la decisión de endurecer los controles para la comercialización de efedrina, Martínez explicó que los laboratorios "tendrán que hacer un trámite ante el ANMAT" para solicitar "la autorización correspondiente para exportar" este precursor químico. "Se firmó una resolución conjunta de perfeccionar los mecanismos de importación de efedrina y seudoefedrina, generándose una limitación de importación, de manera que sólo podrán ingresar a nuestro país solicitando las autorizaciones correspondientes", indicó el funcionario. En declaraciones a radio 10, Martínez afirmó que los laboratorios tienen que "estar legalmente inscriptos" para realizar los trámites a fin de poder importar la efedrina. "Lo que se importa tiene que ver con la producción de medicamentos legítimos, por lo cual nuestra función será garantizar que lo que ingrese vaya a ser utilizado en la medicina humana", añadió Martínez. El gobierno dispuso el viernes prohibir a las droguerías la importación de efedrina y seudoefedrina, y resolvió que sólo estarán autorizados los laboratorios que fabriquen medicamentos, con el fin de evitar que esas sustancias sean destinadas a elaborar drogas ilegales. La iniciativa oficial se produce a casi un mes del conmocionante crimen de Sebastián Forza, Damián Ferrón y Leopoldo Bina, cuyos cadáveres aparecieron acribillados en un zanjón de la localidad de General Rodríguez. Forza, vinculado a droguerías, habría vendido efedrina a un cartel de narcos mexicanos que intentaron instalar un laboratorio de drogas sintéticas en una casaquinta de la localidad bonaerense de Ingeniero Maschwitz. Entre otras medidas, la resolución dispuso la obligatoriedad de que en el plazo de 10 días los laboratorios y las droguerías declaren el stock actual de esas sustancias utilizadas para la producción de medicina. | ||
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