Sábado 30 de Agosto de 2008 Edicion impresa pag. 32 > Sociedad
Ordenan no reanimar a enfermo
Fallo de un juez rosarino alude a antecedente de Neuquén

ROSARIO (DyN) - La Justicia aceptó una demanda presentada por los padres de un joven de 20 años que padece una enfermedad terminal para que, en caso de sufrir un paro cardiorrespiratorio, solo se intenten maniobras de reanimación básicas, no cruentas, como masaje cardíaco y colocación de máscara de oxígeno.

La medida busca que no se le practiquen métodos cruentos como el electroshock, la traqueotomía, la intubación con ventilación endotraqueal o la inyección intracardíaca. La decisión fue adoptada por el juez en lo Civil y Comercial de la 9a. Nominación de los Tribunales provinciales de Rosario, Marcelo Ramón Bergia.

El magistrado fundamentó su fallo, que no tiene antecedentes por lo menos en la Justicia santafesina, en consideraciones de índole jurídica -que incluyó numerosa jurisprudencia- y religiosa, que le permitieron dilucidar si en este caso existe contradicción entre el derecho a la vida y el derecho a la dignidad personal.

Por otra parte, la abogada patrocinante del joven que se encuentra postrado, Marisa Malvestiti, manifestó que "sabemos que se conoce únicamente un caso semejante en la provincia de Neuquén".

Aseguró la abogada rosarina que "no se trata de un caso de eutanasia; además -dijo-, hemos pedido la participación de la defensora del menor, del médico forense de Tribunales y el juez también requirió la intervención del Comité de Bioética de la Facultad de Ciencias Médicas". También recordó que "la Iglesia avala el derecho a morir dignamente".

Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí