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  Viernes 29 de Agosto de 2008  
  » Sociedad  
  Fallo a favor de la muerte digna  
Un juez de Rosario autorizó que no se le apliquen métodos de resucitación cruentos a un joven de 20 años que padece una encefalopatía progresiva, irreversible e incurable. El pedido lo presentaron todos los miembros de su familia. Señalan la similitud con el caso de Neuquén.
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Un joven de 20 años que está postrado y padece una encefalopatía progresiva, no podrá ser reanimado por métodos cruentos, según una orden judicial de los tribunales provinciales de Rosario que hizo lugar a un pedido de familiares, informaron fuentes judiciales.

La resolución fue dictada por el juez Marcelo Bergia, titular del Juzgado Civil Nro. 9, y ordena no realizar al paciente métodos de reanimación cruentos en caso de que sufra un paro cardiorrespiratorio. "El fallo es inédito en Rosario y en la provincia; sólo se conoce un caso similar en la provincia de Neuquén", sostuvo hoy en declaraciones a la prensa la abogada patrocinante de la familia del enfermo, Marisa Malvestiti.

La abogada dijo que se trata de una autorización judicial para que al paciente que "está en un estado terminal de una patología que es irreversible e incurable, no se le apliquen métodos de resucitación cruentos en el caso de padecer un paro cardiorrespiratorio derivado de esta patología neurológica".

De acuerdo con lo explicado por Malvestiti, el joven padece esta enfermedad desde su nacimiento y está internado en un hogar donde recibe atención las 24 horas. "Está postrado y recibe alimentación asistida. El pedido fue presentado por todos los miembros de su familia, sus padres y dos hermanas, una mayor y otra menor de edad", precisó la abogada. "El chico está en la etapa terminal de esta enfermedad tan cruel que le tocó padecer", dijo la abogada.

En la resolución del juez Bergia se citan, según Malvestiti, documentos de la Iglesia, cartas del Papa Pío XII y de Juan Pablo II, donde se aconseja a los médicos el tema del "derecho a morir en forma natural, en paz y dignamente en casos como este, donde uno puede utilizar métodos cruentos de reanimación y no se retrotrae al estado anterior", explicó la abogada.

Al referirse específicamente a los métodos cruentos a los que hace referencia el fallo, la letrada explicó que se trata del "electroshock, la traqueotomía, la respiración asistida por intubación, el respirador artificial y la inyección cardíaca directa que se aplica sobre el corazón en casos de paros".

La abogada dijo que "el muchacho responde a los estímulos de dolor y aplicarle estos métodos le generaría un padecimiento físico terrible que no mejoraría esta situación". Malvestiti aseguró que el enfermo "ha superado el tiempo de vida estimado para este tipo de pacientes con estas patologías, precisamente por los cuidados que se le han brindado".

Fuente: Télam

Ver el caso de la justicia neuquina en http://www.rionegro.com.ar/arch200605/19/v19f01.php


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Nos dejo su opinión
29/08/2008, 19:40:56
AZUL
Hay que respetar la voluntad, de los familiares e incluso el deseo del que está padeciendo una enfermedad incurable y "ser sedado y poner fin" con la respiración artificial. La película Mar Adentro, muestra la historia veridica de Ramon en España, y así en muchos lugares del mundo, el 21 de diciembre 2006, un médico ayudó a morir a un italiano que pedia la eutanasia, Piergiorgio Welby, quien padecía una distrofia muscular y solo sobrevivía con respirador artificial.
 
 
 
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