Viernes 15 de Agosto de 2008 Edicion impresa pag. 09 > Regionales
Aval para el cobro de plus en estaciones de servicio
La Justicia rionegrina rechazó un amparo que presentó la defensora del Pueblo y cerró las puertas a la posibilidad de acudir con el reclamo a la Corte. Derivó todo a Comercio Interior.

VIEDMA (AV).- La Justicia rionegrina ratificó el cobro del "servicio de playa" en las estaciones de servicio de Río Negro.

En realidad, el STJ rechazó -por segunda vez- un amparo de la defensora del Pueblo, Ana Piccinini contra ese adicional. En esta ocasión, este organismo de control solicitó recurrir a la Corte Suprema, pero el tribunal rionegrino desestimó esa instancia. Insistió que la intervención originalmente se debe canalizar por la Dirección de Comercio Interior.

En la nueva resolución, el tribunal provincial desestimó el pretendido acceso a la Corte porque no hay "sentencia definitiva" y además, reiteró que no le corresponde a la Defensoría por "falta de legitimidad" en la cuestión, que entendió contempla "intereses prioritariamente patrimoniales".

El año pasado, la Defensoría accionó contra el cobro del "derecho de playa" que implementan las estaciones de servicio, "sin banderas". En diciembre último, el STJ minimizó el impacto arbitrario de ese adicional porque existen "opciones para el usuario y consumidor" porque hay "estaciones de combustible que no cobran servicio de playa". Se trata de "derechos singulares o particulares y no a "derechos colectivos" o de "incidencia colectiva". Además, ese fallo cuestionó que la defensora no había profundizado el trámite ante Comercio Interior, pero igualmente mantuvo la exigencia sobre que las "estaciones de servicio deberán publicar, exhibir e informar de modo claro y visible el precio más el adicional" para "asegurar la libertad de contratación, la buena fe y la debida información del público".

En la respuesta, la defensora insistió en su "defensa de los intereses colectivos de los consumidores" y reiteró su acción contra los expendedores que cobran un adicional por el servicio de playa", que llega a 15 centavos por litro de combustible. Piccinini requirió el recurso extraordinario para que la Corte Suprema acepte su legitimación y calificó la actual situación de "gravedad institucional".

En su descargo, los expendedores rechazaron esa posibilidad federal porque la "cuestión de índole meramente local", señalando que la queja se debe plantear en los "organismos de defensa del consumidor". Explicaron que Piccinini confundió "reiteradamente lo que es una empresa petrolera con un estacionero y que omitió acreditar la existencia de relación alguna entre el cargo por servicio de playa que algunos estacioneros debieron imponer y si su estación era o no de "bandera", y por lo tanto cobran o no el adicional".

La procuradora General, Liliana Piccinini propuso al STJ que acepten el recurso ante la Corte porque hay "fundamentos razonables y conducentes".

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