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Definen si son imprescriptibles bombardeos del '55 | ||
La investigación que busca establecer si fueron un delito de "lesa humanidad" los bombardeos antiperonistas a Plaza de Mayo de junio de 1955 seguirá adelante, porque la Cámara Federal resolvió una cuestión de competencia entre dos jueces que tenían denuncias similares. Según una resolución de la Cámara Federal porteña, ahora el magistrado Rodolfo Canicoba Corral, que había archivado una denuncia similar, deberá ser quien analice el fondo de la cuestión, informaron fuentes judiciales. Los voceros interpretaron la decisión como una forma de no descartar un eventual visto bueno al criterio del delito de lesa humanidad. El bombardeo tuvo lugar el 16 de junio de 1955 en Plaza de Mayo y causó un número impreciso de muertos, la mayoría de ellos civiles. A fines de febrero pasado el abogado peronista José Deguisa denunció ante la Justicia federal porteña que el bombardeo sobre la Plaza de Mayo en 1955, en el marco de la denominada "Revolución Libertadora" que derrocó al entonces presidente Juan Domingo Perón, habría sido un delito de lesa humanidad. En un planteo que instruyó en el juzgado de Sergio Torres y que analizó su colega Ariel Lijo, Deguisa fundamentó su planteo, a lo largo de una decena de páginas, en que se trataría por lo tanto de un imprescriptible, razón por la cual pese al tiempo transcurrido la Justicia podría investigar las responsabilidades por aquellos hechos. El denunciante dijo que esos ataques bélicos provocaron centenares o miles de muertos, heridos y mutilados arrojando, según se desprende de investigaciones periodísticas que acompañó, "trece toneladas de bombas de fragmentación". A su criterio, fueron "asesinatos dolosos e indiscriminados" que "repugnan al derecho internacional y al derecho de gentes" que "ha reaccionado contra las aberraciones genocidas o los crímenes de guerra". (DyN y Télam) | ||
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