Domingo 10 de Agosto de 2008 Edicion impresa pag. 38 > Sociedad
Chos Malal será una ciudad libre de humo
El Concejo sancionó la ordenanza antitabaco.

CHOS MALAL (ACHM).- Los concejales chosmalenses sancionaron la ordenanza que prohíbe fumar en lugares cerrados, convirtiéndose en el primer municipio del norte neuquino que establece ambientes cerrados libres de humo de tabaco.

Según datos recogidos por "Río Negro" esta ciudad pertenece a la "Red de Municipios Saludables" conformado por aquellas comunas que implementan políticas públicas de promoción de la salud con el objetivo último de mejorar la calidad de vida de nuestra sociedad.

La norma fue aprobada por unanimidad y una vez promulgada y con la notificación de a los organismos públicos y privados, entrará en vigencia.

Con esta flamante norma se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados de acceso público del ejido municipal, sean de carácter público nacional, provincial, municipal o bien pertenezcan al ámbito privado. Los espacios cerrados privados de acceso público comprendidos en la prohibición de fumar serán: comercios destinados ala gastronomía como restaurantes, bares, confitería y pubs; además aquellos dedicados a alojamientos, tales como hoteles, cabañas turísticas y hosterías.

También la norma tiene alcance a instituciones culturales y recreativas como salas de convenciones y recreación, museos, bibliotecas, cines teatros, espectáculos públicos que se realicen en espacios cerrados, salas de fiestas o de uso público en general y peñas.

No se podrá fumar tampoco en locales nocturnos como bailables, clubes, gimnasios, casinos bingos, salas de juegos electrónicos, supermercados, cabinas telefónicas, cajeros automáticos, estaciones terminales de ómnibus y vehículos de servicios de pasajeros, comercios en general y todo lugar sujeto a habilitación municipal entre otros.

Se exceptúan de la prohibición de fumar en patios, terrazas, balcones y demás espacios públicos o privados abiertos al aire libre, a cuyos efectos podrán ser habilitados por la municipalidad.

En los lugares de prohibición de fumar deberán obligatoriamente exhibir en un lugar visible cartelería con la leyenda "Chos Malal libre de humo de tabaco, prohibido fumar, denuncias al teléfono... (ordenanza 2.268/08).

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