VILLA LA ANGOSTURA (AVLA)- Bajo el concepto de "Ambientes 100% libres de humo de tabaco" el Concejo Deliberante aprobó la ordenanza por la cual se establece la prohibición de fumar en lugares cerrados de acceso público. La normativa, aprobada por seis votos positivos y una abstención de la concejal Angélica Roche (PJ), entrará en vigencia a los 120 días de haber sido promulgada en el Boletín Oficial.
"Al principio hablábamos de separar áreas de fumadores y no fumadores y la posibilidad de optar, pero en base a los antecedentes donde se había practicado esta ordenanza y por tratarse de una adicción, pedimos que sea más restrictiva", sostuvo la edil Graciela Spinelli (MPN).
Para elaborar la norma los ediles se basaron en proyectos anteriores trabajados por el cuerpo legislativo, normativa de otras localidades y el asesoramiento de Ernesto Ruiz, uno de los autores de la ley provincial antitabaco.
"A partir de la reunión cambió el espíritu de la ordenanza, no es prohibir fumar sino garantizar un ambiente libre de humo y sano. Además, la villa pertenece a la Red de Municipios Saludables", agregó la concejal.
La normativa establece la prohibición de consumir tabaco en toda oficina o espacio cerrado, sean estos públicos o privados con acceso y/o atención al público. Tampoco se podrá fumar en vehículos de la administración pública, transporte público de todo tipo y distancia, incluyendo taxis, remises, transportes escolares o cualquier tipo de vehículo de alquiler.
Por otro lado, se prohíbe la venta de tabaco a menores de 18 años y la publicidad de cigarrillos en todo espacio público dentro de la localidad.
Los responsables de los establecimientos que no hagan cumplir la ordenanza, primero recibirán un apercibimiento y a partir de ahí multas hasta la cuarta vez, donde se establecerá la clausura del local por 15 días.
En tanto el fumador que no acate la prohibición también será sancionado con una multa. En caso de incumplimiento, se habilitará una linea telefónica gratuita de recepción de denuncias en el municipio.