Sábado 02 de Agosto de 2008 Edicion impresa pag. 17 > Regionales
Priorizarán a docentes locales para suplencias
Verificarán el domicilio de los maestros a la hora de cubrir cargos en las escuelas. La norma tiende a poner límites al elevado gasto que tiene la provincia en movilidad.

VIEDMA (AV).- En las próximas designaciones de docentes interinos y suplentes tendrán prioridad aquellos con domicilio en la localidad del establecimiento.

Esa reciente decisión del Consejo Provincial de Educación complementa el decreto que reglamenta la ley de movilidad, que limita ese reconocimiento a los centros urbanos con menos de 3.000 habitantes.

Así, en principio, se elimina este pago en las ciudades principales.

Ambas normas modificarán la situación de 2.500 a 3.000 docentes. Casi la mitad de quienes actualmente cobran movilidad. El mayor impacto se advertirá a partir del año próximo, ya que esos nombramientos vencen el próximo 31 de diciembre.

Los cargos en las localidades diferentes al domicilio del docente permiten el reconocimiento de la movilidad, con fuertes cuestionamientos en los últimos tiempos y, en especial, en casos donde se produce el traslado cuando hay maestros en ese centro urbano.

Hace algunas semanas, un grupo docente de Guardia Mitre planteó una clara contradicción: trabajadores de la Educación de la localidad debían acceder a cargos en Viedma porque en su pueblo no tenían disponibilidad, ocupada plenamente por pares de General Conesa y de la capital provincial. Además, estos tenían un reconocimiento de movilidad más favorable.

La cobertura de cargos por parte de docentes no residentes también se multiplica en las localidades del Valle Medio y del Alto Valle.

El reconocimiento de movilidad se aplica a un número de 6.000 a 6.500 docentes. Un alto porcentaje comprende a supervisores y directores con reconocimiento por sus tareas y a maestros con traslado dentro de la localidad o zonas rurales.

En principio, el decreto reglamentario limitó el reconocimiento de movilidad a las localidades con menos de 3.000 habitantes. Este requisito excluye este pago en los docentes de la misma ciudad que se trasladan a barrios alejados de sus domicilios.

En los fundamentos, la resolución educativa advierte que estas dificultades "generan iniquidad", con la consecuente "desigualdad de oportunidades para los docentes con domicilio en la localidad en que se produce la vacante".

En la normativa, el CPE también reafirma el concepto de "afianzar el sentido de pertenencia a la comunidad" y que resulta "imprescindible que el docente conozca la realidad socio comunitaria en que se insertan las unidades educativas". Así, el cuerpo determinó que "se priorice a los docentes con domicilio en la localidad que tengan prioridad en la designación de cargos y horas cátedra".

La modificación planteada establece que ahora las designaciones de personal interino y suplente contemplarán el siguiente orden de prioridades: primero y segundo se asignarán cargos a los inscriptos -"en Junta" y "fuera de término"- de los docentes con domicilio en la localidad. Recién en tercer lugar se contemplará a los trabajadores anotados con domicilio fuera de la localidad de la escuela.

Estas prioridades en los nombramientos se cumplirán cuando los aspirantes tengan título docente, aquellos sin título -habilitantes o supletorios- y también los idóneos inscriptos.

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