Viernes 01 de Agosto de 2008 Edicion impresa pag. 41 > Policiales y Judiciales
Tres años de prisión para González Robinson
El médico barilochense fue condenado por un fatal accidente. La pena no es de cumplimiento efectivo, por lo que queda libre. Sin embargo, tiene otra sentencia que debe resolver el STJ.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez Gregor Joos descartó los agravantes del estado de ebriedad y el abandono de la víctima y condenó a tres años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación para conducir vehículos, al médico y empresario Miguel González Robinson, por el homicidio culposo de Fabiana Vivianco y las lesiones que sufrió su compañero, Rodrigo Rodríguez.

Si esta condena queda firme, y el Superior Tribunal de Justicia confirma la de un año y dos meses de prisión que le impuso hace pocos meses la jueza Silvia Baquero Lazcano por injurias, González Robinson debería cumplir dos tercios de la pena de manera efectiva, es decir en la cárcel.

La causa por homicidio culposo se inició el primer día de 2006, cuando se produjo el accidente que seis días después ocasionó la muerte de la víctima.

A la 1.05 de ese 1 de enero, la camioneta Mitsubishi que conducía el imputado por el kilómetro 1.630 de la ruta nacional 40 Norte, a unos 12 kilómetros del centro de esta ciudad, embistió por la parte trasera a la motocicleta Honda que piloteaba Rodrigo Rodríguez, y la víctima viajaba como acompañante

La joven salió despedida del rodado luego del impacto y golpeó con la cabeza y el cuerpo contra la cinta asfáltica, recibiendo múltiples lesiones que inicialmente fueron encuadradas como graves, pero resultaron fatales.

El reproche sobre la conducta de González Robinson refiere que al conducir su rodado lo hizo de manera imprudente y negligente, a una velocidad de entre 105 y 155 kilómetros por hora, "haciendo caso omiso del deber de cuidado que en todo momento debe ejercer quien se encuentra al volante de una cosa riesgosa, lo cual ocasionó el siniestro en que perdió la vida María Fabiana Vivanco".

Una vez producida la prueba, y escuchados los testimonios y el descargo del acusado, el fiscal Eduardo Fernández solicitó que le impongan tres años y medio de prisión efectiva, por el homicidio culposo de Fabiana Vivanco y las lesiones leves de Rodrigo Rodríguez.

Al alegar en representación de Rodríguez, Juan Manuel García Berro señaló que los tripulantes de la moto llevaban puesto el casco protector, y el rodado sus luces encendidas, calculó distancias y tiempos de aproximación, y consideró que el acusado iba a una velocidad mayor a la que reconoció o se quedó dormido mientras manejaba. Calificó la conducta del imputado como "grosera imprudencia, rayana con el dolo", y pidió que le impongan tres años de prisión efectiva.

Diego Breide, en representación de la madre de Vivanco, entendió que González Robinson aportó las condiciones para la producción del siniestro, y le adjudicó una "conducta evasiva de quien conoce cómo se elimina el alcohol de la sangre", al hecho de negarse al examen de alcoholemia. Pidió tres años de prisión y 10 de inhabilitación para el acusado.

El fiscal Eduardo Fernández consideró que el imputado estaba ebrio al momento del accidente y no pudo evitar el choque, y rechazó la hipótesis de concausa o mala praxis atribuida a la muerte de Vivanco. Para el fiscal no quedan dudas de la causa de la muerte de Vivanco. Pidió que le impongan 3 años y 6 meses de prisión, y siete años de inhabilitación.

Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí