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Dos pozos le costarán 93.000 pesos al municipio | ||
Una mujer se torció un pie y un ciclista se cayó. Iniciaron sendas demandas y las ganaron. | ||
NEUQUÉN (AN)- La municipalidad de Neuquén deberá pagarle en total 93.000 pesos a dos personas que sufrieron insólitos accidentes en la vía pública. Se trata de una mujer que metió un pie dentro de un pozo en el boulevar de la avenida Olascoaga, y de un ciclista que cayó tras tropezar con una boca de tormenta en desnivel. En ambos casos la justicia consideró que el municipio es responsable y debe hacerse cargo de los daños físicos y psíquicos que sufrieron las víctimas. Los dos fallos fueron dictados por la sala III de la Cámara Civil, que integran Fernando Ghisini y Marcelo Medori. Los publicó ayer el sitio neujus.com. En uno de los casos la damnificada fue M.B.F., quien el 1 de octubre del 2004 a las 19 cruzó el boulevar de la avenida Olascoaga al 1.100. "En esa oportunidad su pie izquierdo se introdujo en un pozo que estaba cubierto por césped", señala la sentencia. Como consecuencia de ello hubo que operarla del tobillo, debe someterse a una nueva intervención para sacarle los tornillos que le colocaron y no puede usar determinado tipo de calzado. La municipalidad argumentó que el accidente se produjo por el accionar "negligente e imprudente" de la mujer ya que el sector donde ocurrió "es considerado espacio verde y no está prevista concreta y especialmente la circulación de los peatones". Agregó que ella "eligió por una cuestión de comodidad el cruce por el césped evitando caminar unos metros más y hacerlo por la vereda". Pero según los jueces, en el lugar "no existían carteles indicadores de la prohibición de circular como de precaución por las irregularidades (...) Tratándose de un bien de dominio público ubicado dentro del ejido urbano de ésta ciudad capital, le corresponde a la municipalidad de Neuquén -en función del poder de policía que detenta- adoptar las medidas de custodia y conservación, a los fines de evitar la concurrencia de accidentes como el presente". La condena fue a pagar 48.000 pesos. El otro caso se refiere al accidente que sufrió R.B.C. el 10 de febrero del 2003 a las 21:30 en Combate de San Lorenzo y Paranasito. El hombre, albañil y carpintero, circulaba en bicicleta y tropezó con una boca de tormenta que tenía un desnivel de 6,5 centímetros. Sufrió fracturas, estuvo con ambos brazos enyesados y no pudo trabajar durante más de cinco meses. En este caso el municipio planteó que su responsabilidad debe ser interpretada "con carácter restrictivo, en tanto resulta absurdo pretender responsabilizarla por todos los accidentes que se produzcan en las calles de la ciudad; sobre todo si la supuesta irregularidad existente en la calzada no tiene la entidad suficiente para producir la caída de un ciclista". Como en el caso anterior, los jueces entendieron que la causa del accidente "fue el desnivel existente en el asfalto como consecuencia de la falta de una tapa superior del desagote pluvial". Y que "tratándose de un bien de dominio público ubicado dentro del ejido urbano de ésta ciudad capital, le corresponde a la Municipalidad de Neuquén adoptar las medidas de seguridad, a los fines de evitar la concurrencia de accidentes como el presente". Al damnificado deberá pagarle 45.350 pesos. | ||
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