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EPRE autorizó el despacho estacional de potencia | ||
Es para grandes usuarios y la medida fue adoptada el pasado 7. Están involucradas exportadoras, plantas de empaque y jugueras. | ||
CIPOLLETTI (AC).- El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) autorizó a grandes usuarios que las declaraciones juradas de uso de potencia ante la distribuidora Edersa se efectúen no año a año sino de manera estacional -por ejemplo, en la mayoría de los casos cada tres meses- y aquí están involucrados plantas de empaques, exportadoras, jugueras, complejos hoteleros, y estructuras productivas de diversa índole. Esta medida fue adoptada en un plenario del EPRE del 7 del corriente. Los grandes usuarios acudieron en apelación al EPRE porque sus presentaciones para que les reconozcan el sistema de potencia trimestrales venían siendo rechazadas sistemáticamente por la distribuidora Edersa. El EPRE abrió, por este tema, el expediente12.861/08 caratulado "Relamo Agrofresh S/Declaración jurada de potencia/Edersa". Entre el 22 de mayo y el 23 de junio el organismo regulador recibió las presentaciones las presentaciones de Agrofresh SA, Frutos Sureños SRL, Gold Juice SA, Patagonia Norte, Expofrut SA, Proin SA y Winds SA. Y todas esas notas informaban al Ente que las peticiones de las declaraciones de potencia trimestrales para cumplir con los plazos asociados a la tarifa T2 DV habían sido rechazadas por Edersa. Los usuarios -según los considerandos del organismo regulador- dejaron en claro que cumplieron con los términos estipulados en la resolución 118/08 del Epre y que sin embargo Edersa "realizaba una interpretación diferente de dicha norma y en función de ello, dichas declaraciones de potencia fueron rechazadas". Edersa argumentaba que rechazaba las presentaciones de las nuevas declaraciones de capacidad de suministro para demandas variables porque los valores presentados eran inferiores a los anuales vigentes (según la última declaración presentada), que había que esperar el vencimiento del período anual de la anterior declaración y que además, los nuevos valores tenían que regir a partir de mayo pasado. Así planteado el tema el EPRE inició reclamos administrativos contra Edersa, dictó una medida cautelar mediante la cual se instruyó a la distribuidora para que hasta tanto se resuelva la cuestión de derecho controvertida acepte las declaraciones de potencia trimestrales de los usuarios reclamantes. (Y por ende, se supo, por "efecto dominó", lo será para otros grandes usuarios). El Área Jurídica de ente dictó dictamen legal concluyendo en que se plantea una excepción al régimen normal en virtud de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Tarifario y por un plazo de tres meses, que habilita a los usuarios de Grandes Demandas que quieran acogerse a las categorías tarifarias estacionales, a renovar inusualmente y por única vez su Declaración de Potencia anual. La excepción alcanza a todos los casos, incluso a aquellos que pretenden disminuir su declaración de potencia. En función de la interpretación realizada la excepción contemplada comprende la posibilidad de presentar potencias inferiores a las que se encontraban vigentes para cada usuario y que además no es necesario que finalice el período anual de la declaración anterior. Se notificó de la presente a Edersa y a las empresas Agrofresh SA, Frutos Sureños SRL, Gold Juice SA, Patagonia Norte, Expofrut SA, Proin SA y Winds SA. | ||
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