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  Jueves 17 de Julio de 2008  
     
  "Para el Día del Amigo"  
 

Aquí estamos; con nuestros inextricables silencios; con nuestros aventureros cansancios; con la lentitud de la premura; con la prontitud de la mesura.

Aquí estamos; con la actitud por la lectura; con la altitud de la insolencia; con la aptitud por la cultura; con la virtud de la carencia.

Aquí estamos; con las palabras precisas, con los gestos sin prisas, con las razones de la vida, con la desobediencia debida.

Aquí estamos; con el pretérito imperfecto; con el presente indicativo; con el futuro indefinido.

Aquí nacimos; aquí jugamos; aquí crecimos; aquí soñamos; aquí dijimos; aquí amamos. Aquí callamos sin censura; y como tantas noches sin inútiles reproches, es nuestra amistad la que perdura.

"Amistad" - A las 18:00 hs del 31 de diciembre de 1990 - en San Isidro - Buenos Aires.

Patricio M. Orlando

DNI 12.491.854 - Roca

 
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  "Inaudito e inadmisible"  
 

Días pasados, cuando mi hijo de 8 años se encontraba a dos cuadras de la escuela -camino a casa- fue interrumpido en su trayecto por un adulto, intimidado y acusado por un hecho absolutamente falso e inexistente. Poco después recibo una citación policial por la cual se notificaba que esta persona había efectuado una denuncia y que mi hijo -repito, de 8 años de edad-estaba "imputado" por el delito de amenazas, radicada ante el Juzgado de Instrucción Nº 12 de esta ciudad.

Hasta aquí los hechos, y lo inaudito, inadmisible: la conducta del adulto, la denuncia en sede policial, la elevación a un juzgado penal. En definitiva, una serie de irregularidades concurrentes y anomalías todas contrarias al trato y dignidad de los niños. Ellos merecen la mayor atención y protección integral, especialmente su dignidad eminente como persona, el cuidado de su integridad física, psíquica, moral, como ante cualquier otra violación a sus derechos y la dignidad como sujeto de derecho y persona en desarrollo.

He comenzado actuaciones judiciales por el grave daño que la situación traumática le está causando. Espero encontrar la adecuada respuesta a mi requerimiento y la condigna sanción al causante.

Como mejor fundamento cuento con el apoyo de maestros, directivos escolares, gabinete psicopedagógico, de profesionales que conocen la conducta, el concepto y la educación que recibe, que deben valorarse en el caso. Hechos como el relatado no debieran repetirse, como cualquier tipo de violencia ejercida contra los niños, y situaciones de este tipo deberán denunciarse y las autoridades aplicar y hacer respetar los derechos del niño contemplados en la ley nacional, verdadero código del niño y del adolescente y las convenciones internacionales, hoy de rango constitucional.

Silvia Rodríguez, DNI 21.387.141 

Roca

 
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  "¿De dónde sale el dinero?"  
 

Desde que se han instalado las "Carpas Vip" en la plaza frente al Congreso, se ha concentrado toda la atención de los medios de comunicación en este tema.

¿Quién corrió con tal erogación? Lo sabe la sociedad que dejó de ser "autista". ¿La paga el pueblo?, también lo sabe.

Al "inversor" no le interesa, es más, se divierte porque con estas triquiñuelas desvía la atención de ¿qué hace el gobierno? y lo fundamental es "distraer" el desarrollo ficticio de las retenciones móviles del agro, que seguirán siendo las mismas.

Mientras, avanza la pobreza castigando niños inocentes que carecen de alimentos, abrigo y viven a la "intemperie"; ni los jubilados confinados a su desgracia impuesta por el gobierno K que ignora fallos de la Justicia ordenando urgentes reajustes jubilatorios.

Sin embargo la responsable que, supuestamente, debe guiar el destino de los argentinos no tiene tiempo porque está cumpliendo "su sueño" de eventos y lujos. ¿Quién debería investigar a Néstor K? ¿De dónde sale el dinero que gasta indiscriminadamente para proteger un gobierno que se tambalea por su propia inoperancia?

Alba Cuozzo, DNI 11.708.448

albacuozzo@yahoo.com.ar

Tucumán

 
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  "Es necesario, de una vez por todas, comenzar a respetar la Constitución"  
 

Soy estudiante de la carrera de abogacía de la Facultad de Derecho de la UBA y quisiera expresar mi opinión respecto de las denominadas "retenciones" a las exportaciones de cereales y oleaginosas, sus nuevas alícuotas a partir de su movilidad y la manera de su establecimiento (por resolución ministerial).

La disparatada resolución 125/08 del Ministerio de Economía y Producción constituye la culminación de un proceso de prostitución del sistema institucional y de exabruptos en el ejercicio del poder.

Respecto de ella la cuestión jurídica es de una medular y lamentablemente menospreciada importancia, puesto que si se concluyera en que la implantación de las nuevas alícuotas de los derechos de exportación (denominados "retenciones") resulta legalmente inviable, poco importarán las conclusiones a las que se pueda arribar en otros campos de análisis (verbigracia, el económico).

No se discute la validez o invalidez constitucionalidad de los derechos de importación o exportación, ya que están expresamente previstos en el art. 4º de nuestra ley fundamental. Ahora bien, lo que si está en discusión es la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la resolución del 10 de marzo del 2008.

La disposición en cuestión fue dictada con una finalidad puramente fiscal, aunque en la argumentación falaz ("ad populum") para su defensa se apelara a un objetivo extrafiscal, y repugna a los principios y garantías contenidos en la Constitución Nacional. Esto, básicamente, por dos cuestiones:

1) En primer lugar, porque por tratarse de un impuesto, el derecho de exportación debe ser sancionado mediante ley por el Congreso de la Nación, ámbito donde el oficialismo, no está de más decir, tiene una mayoría implacable.

Uno de los principios de mayor antigüedad en el ámbito del derecho tributario es el "de legalidad" o "reserva de ley", según el cual la creación y modificación de gravámenes es una materia estrictamente reservada al Poder Legislativo.

Sus orígenes se remontan a la Baja Edad Media, siendo establecido ya en la Carta Magna inglesa del año 1215, donde se dejara sentado el famoso principio "no taxation without representation" (no hay impuesto sin representación).

Así el art. 4º de la Constitución Nacional establece que "...el gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional, formado del producto de derechos de importación y exportación, [...] de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general...", tesitura que es reafirmada por el art. 17, según el cual "...sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4...".

El juego de estos artículos se completa con lo establecido por el art. 75, inc. 2, según el cual: "Corresponde al Congreso: 2. Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias. Imponer contribuciones directas, por tiempo determinado y proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan...".

Hasta el lector menos avezado en cuestiones constitucionales o tributarias podrá fácilmente deducir, de la simple lectura de los artículos transcriptos, que en nuestro sistema constitucional sólo el Congreso está imbuido de la facultad de crear impuestos, entre los que se encuentran los derechos de exportación tal como expresamente lo menciona el art. 4º.

2) En segundo lugar, porque se viola otro principio fundamental del derecho tributario: el "de no confiscatoriedad", ya que la alícuota llega a niveles exorbitantes. Este principio reviste, en nuestro ordenamiento constitucional, carácter implícito y es el resultante de una creación pretoriana de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, más allá de ser un corolario obligado de la garantía de inviolabilidad de la propiedad privada (arts. 14 y 17 de la Carta Magna), la cual no puede, por vía de exacciones patrimoniales coactivas a título de tributos, ser vaciada de contenido. Así, el alto Tribunal ha entendido que la confiscatoriedad se configura cuando los tributos absorben una parte sustancial de la propiedad o de la renta que ésta produce o que tiene aptitud de generar.

Desde antiguo, la Corte Suprema ha sostenido que "la confiscatoriedad se configura cuando se excede el tope del 33% tradicionalmente admitido en la presión fiscal". (Fallos: 318:785)

Sabido es que la sociedad argentina respeta muy poco la Constitución, que se autodefine mayoritariamente como transgresora y que, en lugar de asumir como propia la responsabilidad de este comportamiento, prefiere transferirla a otras personas. Es necesario, de una vez por todas, comenzar a respetar la Constitución .

 

Luis A. Pusterla

DNI 30.272.926

Plaza Huincul

 
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CJL
La cuestión es más simple y paso a explicartela en criollo así nos entendem todos y no solam los que tuvim la suerte de pasar por una Universidad. A - No aplicam la retenc a las exportac y dejam que la argentina siga siendo un país con las elevadas desigualdades sociales existentes y con un índice inflacionario que nos lleva a pagar en precio dolar los alimentos que necesitam a diario. B - Aplicam las retenc y de esta manera iniciam un proceso de redistribuc de la riqueza que apunte a combatir la pobreza y sus causas, y a su vez controlam los precios de los alimentos para que TODOS podam acceder a los mismos. El derecho a la alimentación, al trabajo, a la salud y a la educación no solo es expresado por el derecho constitucional sino tamb por distintas legislaciones internacionales y esto tamb merece ser tenido en cuenta si llevam la discusión al ambito legislativo.
 
  "Los policías no tienen dónde vivir"  
 

Me tomé el atrevimiento de usar este medio para llegar a los señores jefes de Policía o a quien corresponda para plantearles un problema que surge no sólo en mi familia sino en varios uniformados que desempeñan su tarea en la localidad de Los Menucos.

Se trata de la falta de viviendas para alquilar. Por ese motivo mi marido, el cual trabaja desde hace dos años en la comisaría 18 de esa localidad, y en particular todos los integrantes de la familia -en forma de obligación- tuvimos que irnos a vivir a General Roca, porque la casa que alquilábamos era de adobe, precaria y estaba en muy mal estado; la situación económica no era buena, ya que los alquileres, servicios y alimentos son de un costo muy alto, lo cual no nos permitía vivir dignamente, a esto se le suman algunos problemas de salud de mi hijo de 2 años que necesita tratamiento y control cada 10 días, ya que en la localidad de Los Menucos no hay dermatólogos.

Mi marido ya hace 8 meses que se dedica a viajar en algunos francos, este motivo le trajo problemas con la jefa interina. Los certificados se los hice llegar a la Jefatura de Policía, adjunto a una nota solicitando el traslado a la localidad de General Roca o cercanías.

En este momento, mi marido tiene que hospedarse en casa de algún compañero o en algún hotel de esa localidad (esto ocurre ya hace 8 meses).

Yo le pregunto al Sr. jefe de la Policía, ¿hasta cuándo los empleados policiales tendrán que vivir en casas sin gas, con baños afuera, sin agua caliente y muchos problemas más? y no descartemos que ya hubo empleados que pidieron la baja por este problema, que parece ser la única solución.

Por mi familia y por el resto del personal que merece vivir dignamente, le pido una solución a este problema. Desde ya muchas gracias y que Dios los bendiga.

María de los Ángeles Pulgar

DNI 31.552.302

Roca

 
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ARIEL
HECTOR..............................seguramente sos policia, por lo que contas, pero no te olvides que a ustedes los "policias" eso se los pagan...trabajan un año y le computan 3 años de trabajo, mas el sueldo que le pagan por zona desfavorable, dejemos no de joder y piensen antes de decir cosas obvias.
 
 
ARIEL
Señora: con todo respeto creo que no debe de ser com usted dice el tema de la vivienda....veo en los barrios de toda la provincia, donde le entregan casa a los "policias" y eso esta mal. mal por que? por que a los policias lo tienen un par deaños y despues los trasladan y que hacen con las casa? las ALQUILAN, si las alquilan y llegan a la ciudad de traslado y que hacen? piden otra casa a nombre de su señora. es haci son muy vivos los policias, sino pregunte que es como yo le digo....El IPPV tendria que darles casa a la POLICIA , "NO" a los policias, se entiende? y perdon pero es la realidad...suerte
 
 
HECTOR
se entiende a la señora con respecto a la enfermedad de su hijo,pero tiene que entender que a los jefes de policia no les interesa si el empleado donde lo trasladan va encontrar vivienda digna como dice les interesa que ese empleado trabaje en las condiciones que sea yo se lo digo porque lo vivi en carne propia en la localidad de maquinchao,,donde alquilaba una casa y tenia el baño a unos l50 mts,no tenia gas me calefaccionaba con un calentador electrico,y las temperatuars eran de 30 grados bajo cero,por mas que reclame no le dan importancia seguro que su nota debe estar en un cajon y usted va seguir esperando.
 
 
 
 
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