| ||
Pena en suspenso en un juicio abreviado | ||
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Un joven a quien le imputaban haber ocasionado daños a una vivienda y a un patrullero cuando se resistió a que lo detuvieran, accedió al beneficio de un juicio abreviado y le impusieron tres meses de prisión en suspenso luego que aceptara su responsabilidad en ambos hechos. El beneficiado con la pena en suspenso es Cristian García, de 31 años, a quien los jueces de la Cámara Segunda del Crimen debieron juzgar por los delitos de "daño simple, daño agravado por tener como finalidad impedir el libre ejercicio de la autoridad y resistencia a la autoridad", todos en concurso real, por un hecho que ocurrió cerca de la medianoche del 4 de mayo del 2007 en el barrio Nahuel Hue. La acusación indica que García atacó el domicilio de una mujer provocando la rotura de vidrios y otros objetos, y que cuando la policía intentaba reducirlo, agredió a los uniformados y rompió los vidrios del patrullero. El fiscal de Cámara Enrique Sánchez Gavier propuso una condena de tres meses de prisión de ejecución en suspenso, pese al gravísimo antecedente que pesa sobre García, porque el delito por el que recibió una condena a ocho años y ocho meses de prisión lo cometió cuando era menor de edad. García fue condenado el 21 de octubre de 1996 por la violación seguida de muerte del niño Fernando Zambrano, que sólo tenía ocho años en ese momento, y fue el único condenado entre el grupo de menores e incapaces que integraba la banda que asaltó y asesinó al niño. García pudo acceder al beneficio del juicio abreviado y recibir una pena en suspenso, porque la ley 22.278, del Régimen Penal de la Minoridad, establece que las disposiciones relativas a la reincidencia no son aplicables al menor que sea juzgado exclusivamente por delitos cometidos antes de cumplir los 18 aos de edad. Por la naturaleza del hecho investigado y en razón del estado de ánimo alterado que evidenciaba el imputado al momento de ejecutar los delitos atribuidos, el fiscal entendió que la pena a imponer podía quedar en suspenso. En cuanto a los antecedentes computables, el juez Miguel Ángel Lara apuntó que "revisado el protocolo de la Cámara, surge que el hecho atribuido fue cometido el 26 de junio de 1994, y que el imputado nació el 12 de diciembre de 1976, por lo que era menor de 17 años de edad". | ||
Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí | ||