VIEDMA (AV)- La Cámara Civil y Comercial de esta capital confirmó una multa de 2.000 pesos contra una prestadora de telefonía celular por haberle cobrado una factura a un cliente que ya había renunciado al servicio.
El caso llegó a la Justicia civil debido a que quien poseía el celular fue intimado a pagar la deuda por medio de un estudio jurídico, tras lo cual actuó en forma sancionatoria la dirección de Comercio Interior de Río Negro.
Las actuaciones llegaron a la cámara dado que los representantes legales de la empresa decidieron apelar la medida sancionatoria del organismo oficial.
Inicialmente le habían reclamado al cliente 60 pesos y se le ofreció posteriormente una compensación por el mismo importante ante las molestias ocasionadas.
El ex cliente rechazó además otros importes superiores.
Al valorar las actuaciones, el camarista Juan Pablo Videla, le dio la razón al cliente perjudicado citando antecedentes en cuanto a que "se trata de aplicar una sanción al infractor y no un resarcimiento al consumidor".
"Un mal concedido"
El presidente del Tribunal, Fernando Laborde Loza, se opuso a la sanción. Consideró a su turno que el recurso de apelación fue "mal concedido" por cuanto el importe de la sanción oficial "no supera el monto mínimo (3.500 pesos) previsto para las acciones de menor cuantía de competencia de la Justicia de Paz. De esta manera, propuso un acuerdo de partes y devolver las actuaciones a Comercio.
Por otra parte, el tercer miembro de la Cámara Civil y Comercial, Gustavo Azpeitía, coincidió con Videla argumentando la procedencia de rechazar el recurso de apelación ya que una "normativa especial" permite revisar los actos concretados por Comercio en defensa de los derechos del consumidor y del usuario provincial.
El organismo provincial debe atender entre sus gestiones gran cantidad de reclamos de los usuarios de telefonía celular, ocupando el primer lugar en este tipo de trámites.