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  Miércoles 04 de Junio de 2008  
  Edicion impresa pag. 39 » Policiales y Judiciales  
  Lo condenaron a 16 años por matar a su pareja  
La pena recayó sobre un taxista viedmense. Verónica Folik recibió una brutal golpiza.
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  El imputado presenció la lectura del fallo, y al finalizar se fue insultado por los familiares de la víctima.
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  El imputado presenció la lectura del fallo, y al finalizar se fue insultado por los familiares de la víctima.
 

VIEDMA (AV).- Por homicidio simple, Alejandro Rodríguez fue condenado a 16 años de prisión. Fue acusado de dar muerte a golpes a la joven María Verónica Folik, madre de dos criaturas, y con quien mantenía una relación de pareja. Rodríguez tiene 28 años y trabajaba como taxista cuando ocurrió este hecho que conmovió a la comarca Viedma-Patagones. Folik se había separado de su esposo con quien tenía dos hijos y había iniciado una relación con el imputado.

El hecho ocurrió en la mañana del 14 de abril del año pasado en una de las habitaciones del complejo Kelvi Hotel Cristal donde vivía y trabajaba la víctima. Una discusión entre ambos terminó a golpes propinados por Rodríguez que le produjeron a la mujer serias lesiones en el cráneo, a tal punto que le provocaron la muerte pocas horas después.

Momentos de dolor se vivieron ayer en la sala de audiencias de la Cámara del Crimen de Viedma cuando la presidenta del Tribunal, Susana Milicich de Videla, leyó el fallo. Las lágrimas corrieron por las mejillas tanto de los familiares de la víctima como del imputado, quien salió rápidamente por una puerta interna de la Cámara para evitar enfrentarse con parientes de Folik que alcanzaron a señalarle "pedazo de hijo de puta, ojalá pagues ahí adentro", cuando finalizó la lectura de la sentencia. En la sala se observó un refuerzo policial y antes de ingresar los hombres fueron palpadas de armas.

Para el Tribunal, también integrado por los camaristas María del Carmen Vivas de Vásquez y Eduardo Ignacio Giménez, las contusiones provocadas por el imputado le provocaron a la mujer graves lesiones en el cráneo "que pueden ser consecuencia de un golpe con elemento contundente o a un choque contra una superficie dura", certificándose que la muerte de Folik fue producida por hemorragia cerebral como consecuencia de un traumatismo cráneo encefálico.

Para los jueces quedó probado que Rodríguez mantenía una relación con la víctima, razón por la cual concurría al hotel donde trabajaba la joven, a pesar de haber tenido un entredicho con la responsable del lugar que le había prohibido el ingreso. Otros testigos aseveraron que Rodríguez maltrataba a la víctima, quien hasta había manifestado la intención de denunciarlo en una oportunidad.

Además, para el Tribunal existen constancias irrefutables de la presencia del acusado en el lugar del hecho, mencionando sus huellas dactilares en el picaporte por donde indefectiblemente escapó; su celular olvidado en el lugar ante el apuro por huir; los rastros de sangre humana en su pantalón; las lesiones en los nudillos; así como los antecedentes de agresiones físicas y amenaza de muerte contra la mujer. En el fallo se destacó que las lesiones traumáticas, tanto en su cantidad como intensidad, ponen de resalto que el acusado tuvo la intención de quitar la vida.


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