En la actualidad se dan situaciones que provocan disyuntivas que desconciertan, porque no son las tradicionales a las que estamos acostumbrados. El conocimiento se produce y se supera cada día con mayor rapidez, han salido a relucir los avances que se han venido logrando en los años recientes y que están abriendo todo un nuevo universo de prácticas -tales como la fecundación asistida y la congelación de embriones- que ponen a nuestro alcance la vida misma.
Ante esta situación el humanismo ha creado una nueva derivación de la ética, denominada bioética, que se vincula con el derecho como una ciencia normativa de contenidos éticos y a la vez se enlaza con las ciencias de la salud y de la vida.
Es difícil darle una solución categórica a la situación de hecho que se ha creado por la práctica de la congelación de embriones humanos, pero es importante buscar las opciones que mejor apunten a su protección.
A diferencia de lo que algunos consideran, reflexiono que para proteger a los embriones congelados no sería lógico prohibir las técnicas de reproducción artificial extracorpórea, porque los avances de la ciencia y la tecnología otorgan crecientes beneficios a nuestra sociedad. En consecuencia, creo que es menester favorecer su evolución. No obstante, ciertas actividades y conductas deben estar adecuadamente reguladas para evitar que se generen situaciones desventajosas.
De acuerdo con lo enunciado y dado que en nuestro país no existe regulación específica sobre la temática de los embriones congelados, se destacan la necesidad y la conveniencia de otorgar un marco legal a la cuestión. La ciencia y la tecnología avanzan a pasos agigantados y se renuevan constantemente, por lo tanto las reglas a dictarse deberán ser flexibles y abiertas, para que puedan ir abarcando las nuevas situaciones que se van presentando.
Si bien nuestro Código Civil establece que "desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas", hoy en día con la fertilización in vitro se puede concebir la vida "fuera del seno materno". Es justamente por ello que se ha creado la disyuntiva sobre si un embrión humano -fecundado fuera del útero- es persona o no y, evidentemente, la discusión sobre este asunto ha dividido a los expertos en bioética, médicos, científicos, religiosos y doctrinarios del Derecho.
La jurisprudencia argentina ha considerado que el óvulo fecundado es una persona que debe ser protegida. De todas maneras, en lo atinente al tema de los embriones congelados, existen diversas posiciones y opiniones, todas ellas muy respetables.
Desde la biomedicina se ha intentado aclarar que con los métodos de fecundación se procura transmitir vida, pero no crearla. Algunos especialistas destacan que se trabaja con pre-embriones y que los mismos son considerados como vida humana, pero no como persona.
Siendo que las divergencias y las discusiones en torno de este tema son múltiples, mi intención sólo se circunscribe a formular ciertas alternativas que favorezcan la protección de los embriones congelados.
Por el momento, los embriones crio-preservados tienen un "destino desconocido". Cuando aquel fecundado in vitro no se llega a implantar, debe conservarse. Pasado un tiempo prudencial, debe decidirse qué se hace con el embrión congelado supernumerario. Lo ideal sería descongelarlo y transferirlo al vientre, pero eso no siempre se da y es allí cuando se suscita la polémica. Algunos sostienen que el embrión debe mantenerse congelado indefinidamente, otros creen que se tiene que utilizar para investigación.
Muchos embriones resultan "objeto" o "sujeto" de interés por parte de quienes los encomendaron, en vistas de un futuro implante. Sin embargo, otros tantos son abandonados, generándose un dilema, pues los médicos desconocen qué destino deben dar a esos embriones.
A efectos de evitar la pérdida de ellos, con fundamento en el derecho a la vida, la dignidad de los "niños embrionarios congelados" y el respeto al embrión humano, se ha propuesto que se legisle la "filiación por dación" o la "adopción prenatal" de los embriones congelados. Destaco que no debería desestimarse la idea ya que tengo presente que, si no se legisla al respecto, el "implante de embriones ajenos" o por qué no el "alquiler de vientres" podrían darse de todos modos, pero en la clandestinidad. Indiscutiblemente ésas serían prácticas no deseadas, porque traerían aparejados problemas relacionados con el desdoblamiento de la paternidad biológica y la legal.
Considerando la falta de normas jurídicas claras y de no mediar previsión legal, o al menos una regulación mínima acorde a las circunstancias, puede que los sujetos queden alegóricamente desamparados y en permanente anormalidad.
Como existen tantos casos de abandono, abuso y maltrato infantil, soy partidaria de la adopción de un niño ya nacido y no de un embrión crio-conservado, aunque comprendo que casi todos tenemos el "sueño del auto-engendramiento". Por ello es entendible el deseo y la preferencia de una pareja de implantarse un embrión, aunque el mismo no sea propio.
No a todos les agrada la idea de donar sus embriones, aunque cabe precisar que la mayoría se despreocupa de los que quedaron congelados.
Por el momento y ante la irresolución del tema, los centros de fertilización han optado por mantener congelados a los embriones. Pero esta situación no puede mantenerse indefinida en el tiempo.
Ante el abandono de un embrión lo mejor sería "darlo en adopción" y brindarle un útero para que pueda continuar su desarrollo. Lo esencial es priorizar la protección de los embriones congelados y la adopción prenatal de los mismos resulta -para muchos- la solución más acertada y la que podría darles el destino más digno, la de desarrollarse en lugar de provocarle la extinción por descongelación.
A diferencia de la adopción de los niños nacidos, la "filiación por dación" o la "adopción prenatal" aparecen como soluciones hipotéticas pero no concretas, pues no están reguladas por nuestro ordenamiento.
En los tiempos actuales y dado que en nuestro país tenemos una altísima tecnología médica y biológica, a mi criterio resulta retrógrada la idea de que algunos tienen de prohibir las técnicas de fecundación asistida, incluso porque que en estos momentos ya están arraigadas en la sociedad.
El problema es que debido a los dilemas bioéticos y a que no ha habido un consenso necesario sobre el estatuto jurídico del embrión extrauterino, estamos frente a un vacío legal.
Por ello y asumiendo que algunos embriones crio-preservados tendrán un destino fatal, lo mejor que puede hacerse es darlos en adopción para salvarlos, sin intentar discernir si es moral o no, ni si se trastorna o no la concepción de la maternidad y de la filiación.
La filiación por dación puede llegar a resguardar de alguna forma el destino de los embriones congelados. Es por eso que se necesita una legislación flexible y adaptable que regule la actividad.
ANDREA FADELLI (Abogada)
Especial para "Río Negro"