El instrumento legal precisa conceptos, como "ámbito familiar" y "trabajo infantil".
VIEDMA (AV)- La ley de protección integral de los Derechos del Niño y el Adolescente fue reglamentada luego de casi dos años de su sanción en el parlamento rionegrino.
La norma "adopta un enfoque integral de las políticas públicas dirigidas a los más chicos y sus familias, constituyendo un instrumento legal que convierta en operativas las disposiciones contenidas en la Convención sobre los Derechos del Niño", sostiene la letra fría del decreto 221 por el cual el gobernador Miguel Saiz aprobó en abril pasado la nueva reglamentación. Para llevar adelante la aplicación de la ley sancionada en agosto de 2006, participaron representantes de los Ministerios de Salud, Educación, Gobierno y Familia, además de la consulta a distintos organismos de la comunidad.
Se reglamenta por caso que, en relación a la expresión "ámbito familiar" que se utiliza recurrentemente en el texto normativo, se entiende además de los progenitores, a las personas vinculadas a los niños, niñas y adolescentes, a través de líneas de parentesco por consanguinidad, o por afinidad o con otros miembros de la familia ampliada. La reglamentación interpreta además que "el trabajo infantil es toda práctica o estrategia de supervivencia remuneradas o no realizadas por menores ... visibles u ocultas donde el sustento logrado o su beneficio puede servir para sí mismo, para contribuir al mantenimiento del grupo familiar o para terceros explotadores".
El mencionado reglamento establece las pautas para la conformación del Consejo de la Niñez y el Adolescente, su autarquía funcional y los requisitos para su integración. Dicho organismo se reunió por primera vez el 9 de mayo en Sierra Grande.
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25/05/2008, 12:25:36
fidias
Un paso muy importante. No se tendría que quedar en el pensamiento lineal, que la cuestión ya está solucionada. Ahora hay que capacitar y bajar las competencias, en forma expresa, a todos los organismos participantes. Establecer la responsabilidad de su no asunción o su demora y las consecuentes sanciones, según la gravedad o implicancias de la omisión. De lo contrario estas normas, con el tiempo o se cumplen parcialmente, o caen en letra muerta. Debe preverse el tipo de relación entre los organismos recreando lo funcional, horizontal, sistémico, por diferenciarlo de lo jerárquico e intervenciones anodinas; las que suelen producir demoras e ineficiencia.
25/05/2008, 10:41:29
vero
Me alegra que esto allá pasado, era hora....espero que ahora queden claras las incumbencias de cada organismo, que le dediquen un presupuesto suficiente y sobre todo comiencen a capacitar con seriedad a quienes .tenemos que ponerla en ejecución.