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Condenaron por calumnias a un médico de Bariloche | ||
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La jueza Silvia Baquero Lazcano condenó a un año y dos meses de prisión en suspenso al médico y empresario Miguel Jesús González Robinson, por el delito de calumnias expresadas en perjuicio del juez Alejandro Ramos Mejía, vocal de la Cámara Segunda del Crimen de esta ciudad. Además, le impuso reglas de conducta por el término de dos años y la obligación de realizar 50 horas de trabajo comunitario en una institución a designar. La magistrada valoró de manera favorable la carencia de antecedentes, los informes de abono y los motivos que llevaron al querellado a expresarse como lo hizo, pero consideró disvalioso y agravante la calidad personal del querellante, por su condición de juez, y la del querellado "que es un hombre culto, con un título universitario". El juez Ramos Mejía se sintió afectado por expresiones que habría tenido el profesional médico en el marco de una causa penal en la que debía entender como integrante de la Cámara Primera del Crimen, recusada por el querellado. En esa causa, González Robinson se habría quejado del "patente, evidente y recalcitrante favoritismo reflejado especial- mente por el camarista Ramos Mejía por la parte contraria". Además, de acuerdo con la afectación denunciada por Ramos Mejía, el querellado le habría endilgado "permitir que el autor de una retención indebida se apodere de valiosos bienes que no le pertenecen, y producir certificaciones ideológicamente falsas", dichos que interpretó como acusación de prevaricato y de coautoría o participación criminal en la falsedad ideológica de un instrumento público. Durante el debate, González Robinson aseguró que no tuvo intención de agraviar a Ramos Mejía y que sólo quería aclarar una situación jurídica que lo perjudicaba, pero la jueza Baquero Lazcano entendió que se había acreditado el delito de calumnias. El 12 de diciembre de 2007 la Cámara Segunda del Crimen, integrada en la ocasión por los jueces Luis María Escardó y Horacio Carlos Osorio, de la Cámara Civil y Comercial, y por el juez Juan Lagomarsino, de la Cámara del Trabajo, absolvió por mayoría a Miguel Jesús González Robinson, a quien le imputaban no haber ingresado a los libros el dinero obtenido por la venta del fondo de comercio de una clínica que conducía, y que años más tarde fue declarada en quiebra y no satisfizo los créditos de sus acreedores. Los jueces Osorio y Escardó entendieron que no estaba acreditada la intención de fraude y que la quiebra de la clínica "Cruz Azul" se produjo ocho años después de que vendiera las acciones, en tanto que el juez Lagomarsino compartió el criterio de la fiscalía, en cuanto a la existencia del dolo, y la pena que debía aplicarse al procesado, de dos años de prisión en suspenso. La condena a González Robinson es en suspenso, pero su situación podría complicarse si lo condenan por el homicidio culposo de la joven Fabiana Vivanco, hecho que le imputan y por el cual lo procesó el juez Martín Lozada. | ||
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