ROCA (AR).- Un hombre de 32 años reconoció haber abusado sexualmente de una chica de 13 que estaba bajo su guarda, y en un juicio abreviado, aceptó ser condenado a 10 años de cárcel.
Las iniciales del condenado son W. N. C., y su identidad no se publica, justamente para resguardar la de la víctima.
El ahora condenado y su víctima vivían en barrio reginense, y tras salir a la luz lo que estaba sucediendo, se radicó la denuncia policial que posteriormente dio inicio a la causa penal que llegó a debate.
El juicio debía realizarse en la Cámara Tercera del Crimen de Roca, pero tras un acuerdo entre el fiscal de Cámara, Eduardo Scilipoti, el defensor oficial Gastón Martín, la defensora de Menores Mónica Belenguer y la conformidad del imputado, se consensuó condenar al enjuiciado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal a una menor de trece años, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda de la víctima, a la pena de diez años de prisión.
Durante la audiencia, que fue a puertas cerradas por ser la víctima menor de edad, se le cedió la palabra al imputado W. N. C. para que se pronunciara acerca del acuerdo presentado, y dijo que lo aceptaba, admitiendo su participación y culpabilidad en el hecho atrubuido, coincidiendo con la calificación legal y la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y las costas causídicas. En igual sentido se expidió el defensor general y la defensora de Menores.
Tras el procedimiento de deliberación, el Tribunal aceptó formalmente el acuerdo presentado por lo que la causa quedó en estado de dictar sentencia definitiva.
El camarista Aldo Rolando, señaló en su voto, tras enumerar el respaldo probatorio existente en la causa, que "surge fehacientemente acreditada la materialidad del hecho y la participación que le cupo al justiciable, a título de autor".
Por lo expuesto, juzgo acreditado que aproximadamente entre las 13 y las 16.50 del 15 de setiembre de 2007, W. N. C. abusó sexualmente mediante acceso carnal vía vaginal de la menor, miembro de su grupo familiar conviviente".
Siempre según el voto de Rolando, "la conducta desplegada por el sujeto activo encuadra en el delito de abuso sexual con acceso carnal a una menor de trece años, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda de la víctima, a título de autor".
Al voto del camarista Aldo Rolando, se adhirieron en un todo sus colegas Carlos Vila y Fernando Sánchez Freytes, incluso en la pena sugerida en el acuerdo.