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El robo de una bici le costó a la provincia $7.500 | ||
Costaba 300 pesos, la policía la secuestró, pero la robaron de la comisaría. La dueña la usaba para vender comida casera | ||
VIEDMA (AV).- El Estado provincial deberá abonar unos 7.500 pesos a una vecina por una bicicleta retenida por la policía, pero que después fue sustraída de la propia unidad policial. Este fallo favorable -en segunda instancia- a la damnificada refleja las serias deficiencias del servicio policial. La reciente resolución -que se origina en un hecho de hace cinco años- aporta nuevos elementos al debate sobre la policía de Río Negro, que se profundizó con el crítico informe hacia su accionar por parte de la defensora del Pueblo, Ana Piccinini. En este caso, la Cámara en lo Civil de Viedma confirmó un fallo del juez Alejandro Moldes, que exigió un resarcimiento de 7.498 pesos por los daños que la policía y la provincia de Río Negro le ocasionaron a una vecina que no pudo recuperar su bicicleta -cuyo costo era de 300 pesos- retenida por un accidente. Lo "patético" -según califica el tribunal- es que ese rodado había sido "sustraído" de la subcomisaría 34 del barrio 20 de Junio. La Cámara ratificó el daño ocasionado por "la falta de servicio" policial. Los representantes legales del Estado plantearon que es "una premisa errónea" entender que "es función de la Policía resguardar los bienes secuestrados y su integridad material". En todo caso, "no se ha demostrado que tal función haya sido incumplida por la fuerza policial", que tuvo un "obrar lícito y razonable". Esos abogados consideran que la policía no es responsable de la "pérdida de una bicicleta", a partir que es "un tercero" el que debe responder. Afirmaron que la "causa que reviste mayor entidad la puso un tercero (que sustrajo la bicicleta) cometiendo un hecho ilícito" y desplazó el hecho de la "función de custodia estatal". Este hecho también originó una causa penal, con el sobreseimiento de los agentes imputados. Esta característica fue planteada por la defensa civil, pero el tribunal luego recordó jurisprudencia que "aun cuando el agente fuera absuelto en sede penal, el estado provincial tiene el deber de indemnizar al actor en virtud de la responsabilidad que genera su actividad lícita". El resarcimiento económico se centra en la desaparición de la bicicleta pero también el daño ocasionado a la vecina, que tuvo que "dejar de vender comida casera que repartía en bicicleta". "Sus ganancias apenas le permitían cubrir sus gastos de transporte", entonces "esa actividad se vio frustrada" al "desaparecer la bicicleta con la cual trabajaba". El patrocinante de la damnificada, Danilo Vega cuestionó los planteos de la defensa, pues "amparándose en su obrar "lícito" no puede justificar que con su accionar se ocasionen daños a terceros". Se preguntó si "¿está justificada la ineptitud, incapacidad o falta de recursos evidenciada por la policía para cumplir". | ||
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