Jueves 20 de Diciembre de 2007 Edicion impresa pag. 33 > Sociedad
Niegan demanda por un "imprevisible" piedrazo
La había iniciado un padre al Consejo de Educación porque su hijo fue herido en un jardín. Pedía $ 97.000. El fallo dijo que los docentes no tuvieron responsabilidad.

NEUQUÉN (AN)- La justicia rechazó la demanda que había iniciado un padre contra el Consejo Provincial de Educación a raíz de que su hijo fue herido por un compañerito de un piedrazo. El hombre reclamaba 97.000 pesos pero en dos fallos sucesivos se tuvo en cuenta que el hecho resultó "imprevisible", que los docentes no tuvieron responsabilidad, y que tampoco originó gastos su atención, que fue dada en el hospital público.

El fallo es de la sala III de la Cámara Civil, integrada por Marcelo Medori y Fernando Ghisini. Según pudo averiguar "Río Negro", el episodio ocurrió el 11 de noviembre de 1999 en un jardín de infantes. En el lugar del recreo, un nene de 5 años lastimó de un piedrazo a otro de 6. El padre del herido fue el que entabló la demanda.

El fallo de primera instancia, dictado en 2006, señaló que "no se observa a lo largo del expediente la ausencia de un adecuado control en el cuidado de los niños, tampoco la falta de adopción de las previsiones necesarias en la vigilancia de los alumnos".

Añade que el hecho "no pudo ser impedido por los docentes" quienes "actuaron con la debida y suficiente diligencia en la vigilancia y la observancia de todos los cuidados que ameritaba el episodio".

También señala que "la lesión no tuvo mayor entidad en el momento del hecho o al menos su gravedad, ni para los docentes ni para la madre del niño que lo retira del establecimiento, por lo que no se les puede endilgar a ninguno de los integrantes del cuerpo de docentes responsabilidad por una conducta omisiva".

También se consideró que "la circunstancia de que un menor arroje una piedra en el patio del jardín de infantes importa un hecho inevitable e imprevisible, más teniendo en cuenta la particular geografía de nuestra zona donde aquellas (las piedras) abundan". Y se tuvo en cuenta que "98 alumnos se encontraban al cuidado de 4 personas, lo que implica que cada docente tenía 25 niños a su cargo, por lo cual se podía prestar la correcta vigilancia a cada uno".

Hubo una apelación y el caso llegó a la Cámara, cuyo fallo se conoció ayer a través de Neujus.com. Los camaristas indicaron que la demanda debe se rechazada "por cuanto no se ha comprobado daño alguno, ninguna secuela física o estética, ningún gasto ha sido evidenciado dado que la atención fue prestada en un Hospital Público" y "la única consecuencia acreditada es una cicatriz de un 1 centímetro en el cuero cabelludo".

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