Miércoles 28 de Noviembre de 2007 Edicion impresa pag. 40 > Policiales y Judiciales
Cinco años de condena por apuñalar a su ex pareja
Dramático caso de violencia contra la mujer en San Martín de los Andes. El hombre le asestó 13 cuchilladas luego de recurrentes discusiones. Ya había sido juzgado anteriormente por otros hechos.

SAN MARTÍN DE LOS ANDES (ASM).- La Cámara Penal de Zapala condenó a cinco años de prisión efectiva a un hombre que descargó una brutal paliza y apuñaló varias veces a su ex compañera, provocándole heridas con riesgo de muerte, en un dramático caso de violencia doméstica con antecedentes, que conmocionó a esta ciudad.

La causa fue caratulada en su momento como "Reucán Carlos, sobre homicidio en grado de tentativa", elevada a juicio por el Juzgado de Instrucción de Junín a cargo de Federico Sommer.

En efecto, se trata del delito de homicidio simple en grado de tentativa (artículos 79 y 42 del Código Penal) por el hecho ocurrido el seis de enero último, alrededor de las 17, en el interior de una vivienda del barrio Buenos Aires Chico de San Martín de los Andes, teniendo como víctima a Carlina del Carmen Pacheco.

La justicia determinó que Reucán, "utilizando un arma blanca tipo cuchillo", asestó a Carlina Pacheco "trece heridas punzo cortantes en diversas partes del cuerpo, de entidad suficiente para ocasionarle la muerte".

Pero conviene recordar que el imputado ya tenía serios antecedentes y se encontraba gozando de salidas transitorias dispuestas por el Juzgado Correccional de la vecina ciudad de Junín, lo que provocó el enojo de los vecinos al verse sorprendidos por el terrible cuadro.

Para graduar la pena, la Cámara integrada por los jueces Enrique Modina, Oscar Rodeiro y Héctor Manchini, tuvo en cuenta los "atenuantes" surgidos de la actitud posterior al delito, con el "reconocimiento de su responsabilidad y su arrepentimiento expuesto al cierre de la audiencia", pero merituó como agravantes "sus antecedentes condenatorios, sus muy malos informes de abono, su agresividad y estado de alcoholización, el que más allá de que se trate de un caso de enfermedad y merezca tratamiento, resulta óbice que en la especie no lo disculpa".

Tras analizar las pautas objetivas y subjetivas del caso, la Cámara impuso a Reucán la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias de ley y costas; por resultar material y penalmente responsable del delito de homicidio en grado de tentativa.

Use la opción de su browser para imprimir o haga clic aquí