Viernes 16 de Noviembre de 2007 Edicion impresa pag. 02 y 03 > Nacionales
Cómo es el nuevo criterio que se aplicará

El nuevo esquema de retenciones anunciado ayer por el gobierno para las exportaciones de petróleo y derivados reemplaza al vigente hasta la fecha, y en lo hechos implica que el excedente de un precio internacional del barril de crudo superior a 45 dólares queda ahora para el Estado.

Hasta ahora regía un porcentaje básico de 25 puntos sobre el precio internacional del barril (WTI), mas la aplicación de una escala ascendente de hasta 20%, si dicho precio internacional excedía los 45 dólares. Al día siguiente de la publicación de la nueva resolución en el Boletín Oficial, se aplicará el siguiente criterio:

" Si el precio internacional (Pi) del petróleo supera o iguala al valor de referencia (fijado en 60,9 dólares) el derecho de exportación se calculará en base a una fórmula que relaciona al Pi con el Valor de Corte (VC) establecido. De esta manera, con un precio en torno a los 95 dólares el barril, 53 dólares quedan para el Estado (56%) y 42 dólares para el exportador (44%). Si se considerara el anterior esquema, el fisco ingresaría 42,7 dólares (45%) y el resto (55) quedaría para el exportador.

" Si el precio internacional fuera inferior al valor de referencia (60,9) se aplicará una alícuota de 45 por ciento.

" Pero si el precio internacional del petróleo fuese inferior a 45 dólares por barril, el gobierno determinará los porcentajes a aplicar, en un plazo de 90 días hábiles.

" El mismo criterio se aplicará a los productos derivados como naftas, querosenes, fuel-oil y lubricantes, para los que rigen valores de corte y de referencia diferentes a los aplicados al crudo.

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