¿Puede el gobernador adelantar la fecha de su asunción, motivado simplemente en sus ganas de aplaudir a Cristina Kirchner el próximo 10 de diciembre en el Congreso?
Para el constitucionalista Rodolfo Ponce de León, la respuesta es negativa.
"No es algo que dependa de su voluntad. Él tiene que jurar en el momento en que termina su primer mandato y eso es el 10 de diciembre a las 12 del mediodía", sostuvo el abogado roquense.
El artículo 174 de la Constitución de Río Negro establece que "el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y cesan en ellas el mismo día en que expira el período, sin que pueda prorrogarse el término por evento alguno ni tampoco completarse cuando haya sido interrumpido por cualquier causa".
La secretaria de Gobierno de la provincia, Nelly Meana, expuso otro criterio. "La asunción es una ceremonia, donde se cumple con el requisito constitucional, que es el juramento, pero es una ceremonia", afirmó la funcionaria.
Para Meana, "el mandato se inicia el día que marca la Constitución, más allá de la fecha de jura".
Lo que debe tenerse en cuenta es que el 2007 no marcará el primer adelanto en la asunción de un mandatario provincial. Pablo Verani no asumió el 10 de diciembre en ninguna de las dos oportunidades que juró como gobernador. En 1995 lo hizo un día antes y en 1999, un día después. Este último caso constituyó una acefalía de 24 horas, coincidieron Ponce de León y Meana.
El otro aspecto relevante es el análisis sobre las facultades del gobernador para hacer terminar un día antes los mandatos de los actuales legisladores.
Consultado por "Río Negro", Ponce de León opinó que si no puede hacerlo con su cargo, mucho menos puede Saiz disponerlo para los legisladores. El artículo de la Constitución que fija estos parámetros es el 125. Es el que expresa que "los legisladores duran cuatro años en la función y son reelegibles. La Legislatura se renueva totalmente al cumplirse dicho término".
(Redacción Central)