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  Sábado 03 de Noviembre de 2007
  Edicion impresa pag. 38 y 39 » Policiales y Judiciales  
  "La víctima confiaba porque era su profesor piola"  
Los jueces hicieron hincapíe en la relación educador-educando. Era el "profe amigo" y eso fue determinante.
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  El presidente del tribunal, anoche frente a la casa de Anzaldo.
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  El presidente del tribunal, anoche frente a la casa de Anzaldo.
 

CIPOLLETTI (AC).- "Se acreditó el agravante, toda vez que el imputado en su rol de profesor de biología invitaba a sus alumnas en forma genérica para que ante cualquier consulta médica concurrieran al consultorio sin pagar o, sin orden médica o sin pagar plus de consulta, con la consigna expresa de evitar la administración. Así fue como se motivó la víctima para concurrir a dicho nosocomio. Su calidad de alumna del 'profe amigo o piola' fue determinante en esa decisión", consideraron los jueces al evaluar la calificación legal del imputado.

Carlos Anzaldo fue condenado por el delito de "abuso sexual con acceso carnal en forma continuada, agravado por ser el encargado de la educación". Los camaristas no sumaron el agravante del daño psíquico que había pedido la querella, pero hicieron hincapié en la relación educador-educando.

"La víctima confiaba porque era su profesor. Ese doble rol manifestado por los testigos que se sentían como alumnos/compañeros del profesor denota a las claras la concreta vinculación entre el autor y la víctima", mencionaron.

Dijeron que luego, en la consulta, la joven "fue llevada a engaño por la relación existente" y que en ese momento, "en el rol de médico ginecólogo, haciéndole creer que tenía un embarazo ectópico y que ello implicaba un riesgo cierto e inminente de muerte, logró que caiga en un estado de estupor y desesperación que la colocó en una posición de extrema debilidad que le impidió cualquier resistencia".

En el último tramo del fallo, el Tribunal fundamentó la prisión preventiva dispuesta. Tras resaltar jurisprudencia, entendió que "la capacidad del imputado, hoy condenado, para lograr su fuga es evidente, la pena es de una severidad tal que justifica la cautela".

"Recuerdo su conducta al momento de la denuncia, amenazas y coacciones a la directora y vicedirectora del CEM 72, organización de marchas a favor de su persona, recursos propios suficientes para burlar la elevada pena impuesta, continuación del ejercicio de su profesión con todos los peligros que ello encierra con el agravante de la burla de la inhabilitación impuesta", sostuvo César Gutiérrez Elcarás al evaluar además "pautas subjetivas" del imputado que nutrieron la decisión. Gutiérrez Elcarás dejó en claro que pese a que había personas manifestando fuera del edificio que pedían "la cabeza del imputado" y que el propio defensor Gustavo Palmieri sufrió un ataque artero y amenazas, esta situación "no alcanzó a conmover mi espíritu e impuse la pena que entendí adecuada".


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