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  Viernes 02 de Noviembre de 2007
  Edicion impresa pag. 31 » Sociedad  
  La Justicia emplazó a ARSA por la planta cloacal  
Aguas Rionegrinas deberá eliminar las filtraciones de la planta de tratamiento de líquidos cloacales ubicada en Cipolletti. También tendrá que forestar y construir un cerco perimetral.
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  Si ARSA no elimina las filtraciones de la planta, la Justicia dispondrá una sanción de 1.000 pesos diarios.
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  Si ARSA no elimina las filtraciones de la planta, la Justicia dispondrá una sanción de 1.000 pesos diarios.
 

CIPOLLETTI (AC).- El juez civil Marcelo Gutiérrez emplazó a Aguas Rionegrinas para que elimine las filtraciones de la planta de tratamiento de líquidos cloacales y le exigió a la empresa realizar un cerco perimetral y a forestar, bajo apercibimiento de sanciones. Pero desestimó el planteo más polémico que había realizado una vecina en el amparo: el traslado o reubicación de las piletas.

El recurso lo había presentado en mayo de este año María Julia Bidegain en representación de un grupo de vecinos de La Falda. La mujer denunció las irregularidades de la planta -como por ejemplo, que algunos aireadores no funcionaban- y sobre todo hizo hincapié en que las filtraciones de agua a la napa y el olor hacían "prácticamente imposible vivir allí". Solicitó, entre otros pedidos, el traslado o reubicación de las piletas e instalaciones.

Gutiérrez, tras explicar los alcances de un amparo, consideró que la reubicación "no puede pasar por una decisión judicial, sino que (al igual que lo que ocurre con las expropiaciones) depende de una 'elección' de las autoridades administrativas, formulada con sustento en elementos técnicos que los jueces desconocen".

Además entendió que "no se aprecian elementos valederos para que -dado el escaso debate de la vía de amparo- pudiera eventualmente procederse a la adopción de una decisión de reubicación como la que se pretende". Tuvo en cuenta además un recurso presentado en 1999 por una vecina. "Dichas actuaciones datan de casi ocho años atrás, por lo que la 'urgencia' necesaria en la vía de amparo para la aspiración de la reubicación y/o desplazamiento de la planta, no puede prosperar, pues no se trata de una cuestión novedosa, ni sorpresiva, ni imprevista".

Por eso el juez rechazó parcialmente el recurso. Sí hizo lugar al pedido de cese de filtraciones de las piletas, disponiendo que ARSA "arbitre todos los medios técnicos y económicos para eliminar en un plazo no mayor de 30 días- las filtraciones denunciadas".

Asimismo dispuso que el Departamento Provincial de Aguas efectúe controles quincenales sobre la evolución de la obra y sobre el estado de las filtraciones y en general del predio (cercos perimetrales, forestación, etc.) intimándolos al efectivo ejercicio del poder de policía.

"Hacer lugar a la acción de amparo en lo tocante al requerimiento de instalación de cercos perimetrales de material idóneo para evitar las salpicaduras y el desplazamiento por el aire de materia de las piletas (...) debiendo la empresa ARSA proceder a la instalación efectiva de aquellos en el plazo de cinco días, sin perjuicio de su mantenimiento ulterior en buenas condiciones". En el mismo plazo, Aguas Rionegrinas deberá realizar una adecuada forestación del cerco, manteniéndolo en buen estado.

Gutiérrez dispuso una sanción de 1.000 pesos por día si no cumplen lo dispuesto.


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